Decreto 385/2009, de 9 de diciembre, por el que se modifica parcialmente la Relación de Puestos de Trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente al Servicio Andaluz de Empleo.

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorCONSEJERIA DE JUSTICIA Y ADMINISTRACION PUBLICA
Rango de LeyDecreto

El presente Decreto tiene como finalidad efectuar las modificaciones necesarias para dar continuidad a las directrices establecidas en el Decreto 473/2008, de 14 de octubre, por el que se modificó parcialmente la Relación de Puestos de Trabajo de la Junta de Andalucía correspondiente al Servicio Andaluz de Empleo.

En este sentido, se modifican aquellos puestos que no pudieron ser incluidos en la anterior modificación parcial de la Relación de Puestos de Trabajo del Servicio Andaluz de Empleo, por estar afectados, en su momento, por un concurso de méritos. Se declaran «a extinguir» determinadas características de puestos de trabajo con funciones de Dirección de Centros, Oficinas y Oficinas Locales de Empleo, de forma que, cuando los mismos queden vacantes, sin ocupación o su titular reúna las condiciones previstas para su ocupación, se modifiquen automáticamente quedando sus características de acuerdo con lo establecido en el Anexo II del citado Decreto 473/2008, de 14 de octubre. Y por otra parte, se cambian algunas denominaciones o la cuantía de los complementos específicos de ciertos puestos, para conseguir su homogeneización con otros puestos similares del mismo Organismo.

Asimismo, está prevista la eliminación automática de la Relación de Puestos de Trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente al Servicio Andaluz de Empleo, de aquellos puestos que contengan en el apartado de otras características «Plazas a extinguir» cuando estos queden vacantes y sin ocupación.

Por otro lado, se incrementa el número de dos puestos de Asesor/a Técnico de dos Áreas Territoriales de Empleo y se suprime un puesto de Director de Centro de Empleo, creando otro con las características establecidas en el Anexo II del Decreto 473/2008, de 14 de octubre.

Según lo previsto en el artículo 37.1.c) de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, se han efectuado los trámites oportunos ante los representantes de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de la Administración General.

En su virtud, conforme a lo previsto en el artículo...

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