Decreto 359/2009, de 20 de octubre, por el que se modifica parcialmente la Relación de Puestos de Trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de la Presidencia.
Sección | 3. Otras Disposiciones |
Emisor | CONSEJERIA DE JUSTICIA Y ADMINISTRACION PUBLICA |
Rango de Ley | Decreto |
La Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, en su artículo 220 crea la Comisión Bilateral de Cooperación Junta de Andalucía-Estado que constituirá el marco general y permanente entre los Gobiernos de la Junta de Andalucía y el Estado. El Acuerdo de 20 de marzo de 2007 del Consejo de Gobierno designa la constitución de dicha Comisión y que su Secretaría permanente será desempeñada por la persona titular de la Comisión Mixta de Transferencias. Sobre la base de todo ello es necesario, para llevar a cabo las competencias atribuidas de manera eficiente, la creación de una plaza de apoyo, asesoramiento técnico especial y de confianza para la titularidad de la Secretaría permanente y de los miembros de la Comisión Bilateral de Cooperación Junta de Andalucía-Estado.
En segundo lugar se crea el puesto de Consejero Técnico del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía, con la tarea fundamental de llevar a cabo la coordinación, control y gestión de los sistemas de información y de gestión de los Servicios Centrales del Gabinete Jurídico, Servicios Jurídicos Provinciales y Asesorías Jurídicas de las Consejerías, suprimiendo en su lugar el Gabinete Apoyo Área Coordinación con un ámbito funcional más reducido.
Finalmente, por el Decreto del Presidente 10/2008, de 19 de abril, de las Vicepresidencias y sobre reestructuración de Consejerías, se creó la nueva Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio. Como consecuencia de ello se hace necesaria la creación de una nueva plaza de Letrado Jefe de la Asesoría.
Asimismo, se eliminan determinados puestos cuyas funciones se encuentran ya suficientemente cubiertas con los efectivos existentes.
Según lo previsto en el artículo 37.1.c) de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, se han efectuado los trámites oportunos ante los representantes de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de la Administración General de la Junta de Andalucía.
En su virtud, conforme a lo previsto en el artículo 4.2.g) de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, así como en el artículo 10.2 del Decreto...
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