DECRETO 45/2008, de 12 de febrero, por el que se modifica parcialmente la Relación de Puestos de Trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Economía y Hacienda.

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorCONSEJERIA DE JUSTICIA Y ADMINISTRACION PUBLICA
Rango de LeyDecreto

DECRETO 45/2008, de 12 de febrero, por el que se modifica parcialmente la Relación de Puestos de Trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Economía y Hacienda.

El Decreto 239/2004, de 18 de mayo, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía y Hacienda, establece las funciones que deberá ejercer la mencionada Consejería y atribuye a la Secretaría General de Hacienda, entre otras, las funciones de previsión, análisis y seguimiento de aquellos ingresos no financieros que no provengan de transferencias de la Unión Europea, así como la dirección y coordinación de las Direcciones Generales de Patrimonio, Tributos e Inspección Tributaria, Tesorería y Deuda Pública y de Relaciones Financieras con otras Administraciones.

Debido a la relevancia de las mencionadas funciones y al aumento de las cargas de trabajo existentes, se hace necesario reforzar y especializar las áreas que tienen encomendadas las funciones antes señaladas de la Secretaría General de Hacienda, creando y modificando aquellos puestos que se consideren adecuados para el desarrollo de sus competencias.

De este modo, el presente Decreto aborda la creación y modificación de los puestos de trabajo adscritos a la Consejería de Economía y Hacienda que se consideran imprescindibles para el cumplimiento de las funciones que se le atribuyen.

Según lo previsto en el artículo 37 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, se han efectuado los trámites oportunos ante los representantes de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de la Administración General.

En su virtud, conforme a lo previsto en el artículo 4.2.g) de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, así como en el artículo 10.2 del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, por el que se regula la elaboración y aplicación de la relación de puestos de trabajo; a propuesta de la Consejera de Justicia y Administración Pública, previo informe favorable de la Consejería de Economía y Hacienda y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 12 de febrero de 2008,

D I S P O N G O

Artículo único Modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Economía y Hacienda.

La relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Economía y Hacienda queda modificada en los términos expresados en el Anexo de este Decreto.

Disposición final única Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. No obstante, los efectos administrativos y económicos derivados de su aprobación serán del día 1 del mes siguiente al de su publicación.

Sevilla, 12 de febrero de 2008

MANUEL CHAVES GONZÁLEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

MARÍA JOSÉ LÓPEZ GONZÁLEZ

Consejera de Justicia y Administración Pública

Código

Denominación

N ú m

A d s

Grupo

Exp

Área Funcional/Área Relacional/Cat.Prof.

RFIDP

Titulación

Formación

Modo Acceso

Tipo Adm.

Cuerp

o

CARACTERÍSTICAS ESENCIALES REQUISITOS PARA EL DESEMPEÑO

Localidad

Otras Características

C.D. C.E.

  1. Específico

    EUROS

    CONSEJERIA/ORG. AUTÓNOMO: ECONOMIA Y HACIENDA

    CENTRO DIRECTIVO: INTERVENCION GENERAL

    SEVILLA

    CENTRO DESTINO: INTERVENCION GENERAL

    INTERVENTOR DELEGADO ADJUNTO............

    INTERVENTOR DELEGADO ADJUNTO............

    INTERVENTOR DELEGADO ADJUNTO............

    INTERVENTOR DELEGADO ADJUNTO............

    INTERVENTOR DELEGADO ADJUNTO............

    2

    2

    2

    1

    1

    F F F F

    F

    26

    26

    26

    26

    26

    XXXX-

    XXXX-

    XXXX-

    XXXX-

    XXXX-

    2

    2

    2

    2

    2

    9886910

    9887110

    9887210

    9887410

    9887610

    INTERVENCIÓN HACIENDA PÚBLICA INTERVENCIÓN HACIENDA PÚBLICA

    INTERVENCIÓN HACIENDA PÚBLICA INTERVENCIÓN HACIENDA PÚBLICA

    INTERVENCIÓN HACIENDA PÚBLICA PC PC

    PC PC PC

    P-A12

    P-A12

    P-A12

    P-A12

    P-A12

    A-B

    A-B

    A-B

    A-B

    A-B

    14.843,88

    14.843,88

    14.843,88

    14.843,88

    14.843,88

    124910

    11247610

    11235210

    11235310

    11493210

    9886910 9887110

    9887210

    9887410

    9887610

    9318710

    2984310

    2984610

    9885910

    133810

    131210

    INTERVENTOR DELEGADO....................

    ADJUNTO AL INTERVENTOR DELEGADO.........

    ADTO. INT. DDA. CTRL. FINANC. PERM. ENT.

    ADTO. INT. CTL. FINAN. PERM. SOC. MERC..

    SC. GASTOS PERSONAL DOCENTE Y SANITARIO.

    INTERVENTOR DELEGADO ADJUNTO............ INTERVENTOR DELEGADO ADJUNTO............

    INTERVENTOR DELEGADO ADJUNTO............

    INTERVENTOR DELEGADO ADJUNTO............

    INTERVENTOR DELEGADO ADJUNTO............

    ADJUNTO AL INTERVENTOR DELEGADO.........

    ADTO. INT.DELEG.CTL. FINANC.PERM.ENT.PBL

    ADTO. INT..CONTROL FINAN.PERM.SOC.MERC..

    UN. GESTION.............................

    ASESOR CONTROL PRESUPUESTARIO...........

    ASESOR GASTOS...

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