DECRETO 294/2003, de 14 de octubre, por el que se modifica parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Justicia y Administración Pública.

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorCONSEJERIA DE JUSTICIA Y ADMINISTRACION PUBLICA
Rango de LeyDecreto

DECRETO 294/2003, de 14 de octubre, por el que se modifica parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Justicia y Administración Pública.

Las modificaciones de la relación de puestos de trabajo incluidas en este Decreto resuelven el desajuste entre la dimensión y configuración de los puestos de trabajo de adscripción laboral y la distribución efectiva del volumen de actividad cuyo crecimiento ha sido progresivo desde las adaptaciones efectuadas mediante el Decreto 181/2002, de 18 de junio, por el que se modifica parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Justicia y Administración Pública y al Instituto Andaluz de Administración Pública.

Concretamente, mediante el presente Decreto se incrementa el número de puestos asignados a los Servicios de Apoyo de la Administración de Justicia, en las categorías profesionales más necesarias para el funcionamiento de los servicios, como son las de Auxiliar de Autopsias, Titulado Superior (Ldo. Psicología), Titulado Grado Medio (Dpl. Trabajo Social) y la de Ordenanza. Por otra parte, en cada una de las Delegaciones Provinciales de Justicia y Administración Pública se crean como nuevos puestos en las que no existiesen o se incrementa el número de los puestos en aquellas en cuya relación de puestos de trabajo si estuviesen contemplados, los correspondientes a la categoría profesional de Titulado Grado Medio (Archivo) y de Ordenanza. Por último, la modificación supone el incremento de puestos de las categorías profesionales de Conductor y Ordenanza de la Secretaría General Técnica.

Asimismo, en aplicación del artículo 9.3.d) del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía, se ha procedido a la negociación con la Comisión del Convenio.

En su virtud, conforme a lo previsto en el artículo 4.2.g) de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, modificado por la Ley 10/2002, de 21 de diciembre, así como en el artículo 10.2 del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, por el que se regula la...

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