DECRETO 174/1999, de 31 de agosto, por el que se modifica parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Administración de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Educación y Ciencia.

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorCONSEJERIA DE GOBERNACION Y JUSTICIA
Rango de LeyDecreto

DECRETO 174/1999, de 31 de agosto, por el que se modifica parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Administración de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Educación y Ciencia.

PREAMBULO

La aplicación de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo (LOGSE), ha supuesto una profunda transformación del sistema educativo no universitario, que repercute de forma directa en la red de centros públicos de enseñanza, inmersos en un proceso de adecuación a las exigencias contempladas en la mencionada Ley. A tal fin, la Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto las modificaciones y ampliaciones necesarias en la red de centros públicos, que se concretaron en la Orden de 24 de junio de 1998, mediante la que se suprimieron y crearon determinadas Secciones de Educación Secundaria Obligatoria y en el Decreto 257/1998, de 10 de diciembre, por el que se dispuso la creación y supresión de Colegios de Educación Infantil y Primaria y de Institutos de Educación Secundaria.

Al objeto de asignar a los centros de nueva creación los recursos humanos necesarios para su correcto funcionamiento en lo que respecta al personal de administración y servicios, se hace necesaria una modificación de la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Educación y Ciencia, que se efectúa mediante el presente Decreto. Esta modificación se concreta de una parte en la creación de 191 plazas de Auxiliar Administrativo y 191 de Ordenanza, que quedan destinados a los Centros de Educación Secundaria de nueva creación.

De otra parte, se producen otras modificaciones derivadas de la readscripción de personal necesaria con motivo del cierre o transformación de determinados centros docentes. Finalmente, se regulariza la adscripción del personal del grupo de servicios adscrito a la Delegación Provincial de Sevilla, que pasa a quedar destinado a los centros donde, por necesidades del servicio, es necesaria su adscripción.

Según lo previsto en el artículo 32 letra d) de la Ley 9/1987, de 12 de junio, de órganos de representación y determinación de las condiciones de trabajo y participación del personal al servicio de las...

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