DECRETO 301/1996, de 18 de junio, por el que se modifica parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Gobernación y al Instituto Andaluz de Administración Pública.

Sección4. Administración de Justicia
EmisorCONSEJERIA DE GOBERNACION
Rango de LeyDecreto

DECRETO 301/1996, de 18 de junio, por el que se modifica parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Gobernación y al Instituto Andaluz de Administración Pública.

A fin de desarrollar las competencias sobre Administración Local atribuidas a la Consejería de Gobernación en el marco de los acuerdos tendentes a mejorar las relaciones entre ambas administraciones, se ha visto necesario ajustar la estructura organizativa y los puestos de trabajo en congruencia con tales objetivos.

En este sentido, en el presente Decreto se plantean las modificaciones de estructura y puestos correspondientes a los servicios centrales y delegaciones de la Consejería de Gobernación. La modificación de la relación de puestos de trabajo, refuerza los dispositivos provinciales y los recursos humanos asignados a la Dirección General de Administración Local y Justicia para atender las cargas de trabajo que se han incrementado durante los últimos ejercicios en materia de administración local. Asimismo se ha estimado necesario la asignación de recursos en previsión de las transferencias de justicia, configurando todo ello un nuevo servicio de administración local y justicia en las delegaciones provinciales, afectándose a su vez el Instituto Andaluz de Administración Pública mediante la incorporación de medios para la coordinación con otras administraciones en materia de formación.

Por otra parte, a fin de cumplir las condiciones adecuadas en la prestación del servicio de registro de acuerdo con las necesidades del mismo en cuanto a jornada y procedimiento, se ha estimado oportuno incluir la transformación de los puestos específicos que vienen ocupándose de estas funciones en los servicios centrales y delegaciones provinciales.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 32 letra d) de la Ley 9/1987, de 12 de junio, de órganos de representación y determinación de las condiciones de trabajo y participación del personal al servicio de las Administraciones Públicas en la redacción dada por la...

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