DECRETO 241/2001, de 30 de octubre, de modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Asuntos Sociales y a la Consejería de la Presidencia.

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorCONSEJERIA DE JUSTICIA Y ADMINISTRACION PUBLICA
Rango de LeyDecreto

DECRETO 241/2001, de 30 de octubre, de modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Asuntos Sociales y a la Consejería de la Presidencia.

Mediante el presente Decreto la Consejería de Asuntos Sociales cumple el objetivo de adaptar su correspondiente relación de puestos de trabajo a lo dispuesto en la Ley 4/1997, de 9 de julio, de Prevención y Asistencia en materia de Drogas.

Dicha norma, en su artículo 27, atribuye a la Administración de la Junta de Andalucía las competencias de planificación general, evaluación y coordinación de las funciones y servicios que en materia de prevención y asistencia sobre drogas desarrollen las administraciones públicas andaluzas. Por ello las modificaciones más sustanciales contenidas en este Decreto afectan al Comisionado para las Drogodependencias adscrito a los Servicios Centrales de la Consejería de Asuntos Sociales.

Por otra parte, se incluyen determinadas modificaciones localizadas en la Viceconsejería, Secretaría General Técnica, Dirección General de Bienestar Social, y en centros dependientes de ciertas Delegaciones Provinciales de la Consejería de Asuntos Sociales, así como en la Secretaría General Técnica de la Consejería de la Presidencia.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 32, letra d), de la Ley 9/1987, de 12 de junio, de órganos de representación y determinación de las condiciones de trabajo y participación del personal al servicio de las Administraciones Públicas, en la redacción dada por la Ley 7/1990, de 19 de julio, sobre negociación colectiva y participación en la determinación de

las condiciones de trabajo de los empleados públicos, se han efectuado los trámites oportunos ante los representantes de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de Administración General.

Asimismo, en aplicación del artículo 8.3.d) del V Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Junta de Andalucía, se ha procedido a la negociación con la Comisión del Convenio.

En su virtud, conforme a lo previsto en el artículo 4.2.g) de...

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