ORDEN de 7 de abril de 1989, por la que se regulan prestaciones básicas de servicios sociales comunitarios. 

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Salud y Servicios Sociales
Rango de LeyOrden

El Acuerdo de 24 de enero de 1989 del Consejo de Gobierno (BOJA de 17.2.

89) por el que se garantiza la continuidad de los efectivos personales y funcionales de los Servicios Sociales Comunitarios de la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece en el apartado segundo que la "Junta de Andalucía transferirá las cantidades que procedan para ampliar la red pública de Servicios Sociales Comunitarios y el desarrollo de las prestaciones básicas por parte de las Corporaciones Locales que se acuerden".

Entre las prestaciones básicas de Servicios Sociales Comunitarios deben considerarse entre otras: Ayudas Económicas de Emergencia Social, Ayuda a Domicilio, Ayudas Económicas Familiares de prevención de la institucionalización y/o desinstitucionalización de menores, tratamiento psicosocial, actividades ocupacionales, y en general, aquéllos que se imparten desde los Servicios Sociales Comunitarios, que por su carácter de cercanía con el ciudadano y por su atención preventiva y primaria no precisan de la infraestructura de los Servicios Sociales Especializados. La experiencia acumulada en estos años, y el desarrollo de los Servicios Sociales Comunitarios aconsejan que, en la medida de lo posible, las prestaciones básicas enumeradas enel apartado...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR