ORDEN de 28 de noviembre de 1984, por la que se establece el programa de fomento de ferias monográficas, concursos y exposiciones de ganado en el ámbito de la Comunidad Autónoma Andaluza.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE AGRICULTURA Y PESCA
Rango de LeyOrden

Ilmo. Sr.:

La celebración de ferias, concursos y exposiciones de ganado selecto se considera un instrumento de gran interés en la mejora del sector ganadero ya que crea un ambiente de competencia y estímulo, que favorece aspectos tales como el proceso selectivo dentro de la mejora ganadera, al tiempo que supone una mayor información y relación de los sectores implicados en esta mejora.

La Consejería de Agricultura y Pesca dentro de los límites crediticios que para estos fines se establecen en los presupuestos de la Comunidad Autónoma, podrá subvencionar en la cuantía y circunstancias que se indica, la celebración de los certámenes que se realicen para el fin antes citado.

En consecuencia, dado el interés de la Comunidad en apoyar certámenes dentro de su ámbito territorial y manteniendo la terminología y clasificación de los mismos hecha por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, a efectos de la homologación y homogeneidad, por esta Consejería se establece el Programa de Fomento de Feria Monográficas, Concursos y Exposiciones de Ganado en los términde Granada en los términos siguientes:

Artículo 1º

Como estímulo para la mejora de la ganadería, con el fin de promover la celebración de ferias, concursos y exposiciones de ganado, se establecen ayudas a favor de los promotores de los referidos certámenes, que podrán ser Corporaciones locales, Cooperativas, Agrupaciones de Ganaderos, Sociedades de cría animal y cuantas otras entidades tengan dentro de sus actividades acciones referidas al fomento ganadero.

Artículo 2º

Según la finalidad que se persiguen se distinguen las siguientes clases de ayuda:

  1. Ayuda a los certámenes, que tendrán dos componentes:

    1. En concepto de compensación a los gastos realizados por los ganaderos, como consecuencia del traslado y estancia de los animales al certamen y que podrá ser hasta 2.000 pesetas por cabeza de ganado mayor y hasta 500 pesetas por cabeza de ganado menor.

    2. En concepto de ayuda a los gastos generales de organización de certamen, hasta el 30% del presupuesto aprobado de gasto, descontando del mismo los considerados en el apartado anterior. Este porcentaje será fijado de acuerdo al interés e importancia del certamen, en relación con el fomento de razas, situación en áreas de interés ganadero y dimensión del área de influencia, con un máximo de...

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