Orden de 23 de julio de 2012, por la que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva en el ámbito de la Consejería para el ejercicio 2012.
Sección | 1. Disposiciones Generales |
Emisor | Consejería de Salud y Bienestar Social |
Rango de Ley | Orden |
La Orden de 10 de mayo de 2011 establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva en el ámbito de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social (BOJA núm. 106, de 1 de junio de 2011).
De conformidad con lo dispuesto en la Orden de 10 de mayo de 2011, en relación con el Decreto 152/2012, de 5 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Bienestar Social y del Servicio Andaluz de Salud,
DISPONGO
Primero. Convocatoria y limitaciones presupuestarias.
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Se convocan para el ejercicio 2012, en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia competitiva, las siguientes líneas de subvenciones en el ámbito de la Consejería de Salud y Bienestar Social, en la cuantía total máxima que se especifica para cada una de aquellas y con cargo a los créditos presupuestarios que asimismo se indican para cada línea:
1.1. Subvenciones Individuales:
Línea Cuantía máxima Aplicación presupuestaria Personas Mayores 624.000,00 0.1.18.00.01.00.48804.31R. Personas con Discapacidad 756.978,33 0.1.18.00.01.00.48807.31R. ÁREA DE SERVICIOS SOCIALES Y ATENCIÓN A LAS DROGODEPENDENCIAS
Línea Cuantía máxima Aplicaciones presupuestarias En el marco del Plan Integral para la Comunidad Gitana de Andalucía para núcleos de población de más de 20.000 habitantes 363.073,42 0.1.18.00.01.00.46502.31G.0.1.18.00.18.00.46002.31G.1.1.18.00.18.00.46002.31G.2011 A Entidades Locales para la atención a personas inmigrantes 1.298.413,00 0.1.18.00.01.00.46801.31G. A Entidades Locales para la intervención en zonas con necesidades de transformación social 2.663.250,24 0.1.18.00.01.00.46501.31G. A Entidades Locales en materia de prevención comunitaria de las drogodependencias y adicciones 1.807.282,00 0.1.18.00.01.00.46201.31B.0.1.18.00.18.00.46200.31B.1.1.18.00.18.00.46200.31B.2011 Para el mantenimiento de entidades privadas destinadas al ámbito de la acción social 1.245.852,00 0.1.18.00.01.00.48500.31G.0.1.18.00.18.00.48200.31B. A entidades privadas para programas de acción social 8.167.537,71 0.1.18.00.01.00.48202.31B.0.1.18.00.01.00.48500.31G.0.1.18.00.02.00.48401.32E.0.1.18.00.18.00.48200.31B.1.1.18.00.18.00.48200.31B.20111.1.18.00.18.00.48503.31G.2011 Línea Cuantía máxima Aplicaciones presupuestarias Subvenciones para programas y mantenimiento 948.325,63 0.1.18.00.01.00.44102.31R.0.1.18.00.01.00
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