Orden de 9 de mayo de 2018, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las comunidades andaluzas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a actividades de promoción cultural, de orientación a la población andaluza en el exterior, así como para el mantenimiento de dichas entidades.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorConsejería de la Presidencia, Administración Local y Memoria Democrática
Rango de LeyOrden

El Estatuto de Autonomía para Andalucía aprobado por Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, establece en su artículo 6 que los andaluces y andaluzas en el exterior y las comunidades andaluzas asentadas fuera de Andalucía tendrán derecho a participar en la vida del pueblo andaluz y a compartirla, en los términos que, en cada caso, establezcan las leyes.

La Ley 8/2006, de 24 de octubre, del Estatuto de los Andaluces en el Mundo, da respuesta a este mandato, siendo uno de sus objetivos, entre otros, el mantener vivos los vínculos de los andaluces en el exterior con Andalucía y que las Comunidades Andaluzas se conviertan en dinamizadoras de las relaciones sociales, culturales y económicas con los países donde están establecidas y con Andalucía.

El Decreto de la Presidenta 12/2017, de 8 de junio, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, junto con el Decreto 204/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia y Administración Local modificado por el Decreto 142/2017, de 29 de agosto, asignan a la Secretaría General de Acción Exterior las atribuciones de coordinación de las competencias relacionadas con los andaluces y andaluzas en el exterior y de la ciudadanía andaluza retornada.

Las Comunidades Andaluzas han sido y son una extensa red que ha contribuido a un fuerte desarrollo de la identidad andaluza y a consolidar un importante fenómeno asociativo que merece ser atendido, acercándoles, en la medida de lo posible, la realidad actual de Andalucía más allá de los límites que impone el territorio. La Ley 8/2006, de 24 de octubre, del Estatuto de los Andaluces en el Mundo, establece en su artículo 26.1, contempla medidas de apoyo a las Comunidades Andaluzas mediante subvenciones que la Administración de la Junta de Andalucía pueda establecer en el marco de sus competencias.

Con objeto de intensificar la aplicación de los principios de transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, se adopta el procedimiento de concesión en régimen de concurrencia competitiva, como procedimiento ordinario de concesión establecido por el artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el artículo 120.1 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo.

Las bases reguladoras contenidas en la presente orden se dictan al amparo del Título VII del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, del Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de...

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