Orden de 4 de noviembre de 2016, por la que se conceden los Premios Andalucía de Urbanismo, I Edición.

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorConsejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio
Rango de LeyOrden

La Orden de 13 de octubre de 2016, por la que se crean y regulan los Premios Andalucía de Urbanismo y se convocan los correspondientes al año 2016, establece en el artículo 12 que los Premios, en todas sus modalidades, serán concedidos por la persona titular de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio a propuesta del jurado, que será vinculante, mediante Orden publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

La Resolución de 27 de octubre de 2016, de la Dirección General de Urbanismo, hace pública la composición del jurado calificador de los Premios Andalucía de Urbanismo 2016. Reunido el jurado para la selección de los premiados en el día de hoy, 4 de noviembre de 2016, propone como idóneos para la concesión de los Premios en sus distintas modalidades a las personas e instituciones que se relacionan en el contenido de esta Orden.

Por lo expuesto, conforme a la propuesta formulada por el jurado y en cumplimiento de lo dispuesto en la citada Orden de 13 de octubre de 2016,

DISPONGO

Primero. Conceder los Premios Andalucía de Urbanismo, I Edición, correspondientes al año 2016, a las personas e instituciones que se indican a continuación:

- Premio Andalucía de Urbanismo a la actuación ejecutada a las Actuaciones de Integración Puerto-Ciudad de los Muelles 1 y 2 del Puerto de Málaga.

Se concede una mención especial en esta modalidad a la actuación «De Regiones Devastadas a Nuevo Amate» en Sevilla.

- Premio Andalucía de Urbanismo a la planificación al Plan de Microactuaciones de Mejora Urbana de Sevilla.

- Premio Andalucía de Urbanismo a la trayectoria al Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Arquitectos.

Segundo. La entrega de los Premios se realizará en un acto público de carácter institucional que se celebrará el próximo día 8 de noviembre, Día Mundial del Urbanismo.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a...

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