Orden de 31 de mayo de 2020, por la que se modifica la de 20 de julio de 2000, por la que se modifican los Anexos I y II del Decreto 94/1993, de 20 de julio, por el que se establecen normas relativas a jornadas y retribuciones aplicables al personal de la Junta de Andalucía que participe en el Plan Infoca.

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Junio de 2020
Sección1. Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible
Rango de LeyOrden

El Decreto 94/1993, de 20 de julio, establece normas relativas a jornadas y retribuciones aplicables al personal de la Junta de Andalucía que participe en el Plan de Emergencia por Incendios Forestales de Andalucía (en adelante Plan Infoca). Este decreto, en su dispositivo cuarto, establecía que sería de aplicación a la campaña de lucha contra los incendios forestales de 1993 y en las sucesivas, a cuyo efecto mediante orden se revisarían el Anexo I, en el que se recogen las reglas generales por las que se ha de adecuar la jornada de trabajo de dicho personal, y su Anexo II, que establece el baremo para la remuneración de los trabajos que realice este personal.

La Orden de 19 de mayo de 1999 modificaba el Anexo I del citado decreto, la cual fue derogada con posterioridad por la Orden de 20 de julio de 2000 y posteriormente modificada por la Orden de 14 de octubre de 2005, mediante la que se modifica la de 20 de julio de 2000 que modificaba los Anexos I y II ya citados.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, mediante Sentencia de 18 de mayo de 2017, estableció que la cobertura de los puestos de trabajo de los Técnicos de Extinción habría de regirse por lo estipulado en el artículo 78 del Estatuto Básico del Empleado Público. Tomando en consideración la citada Sentencia, por parte de la Junta de Andalucía se procedió a dotar varios puestos determinados de la Relación de Puestos de Trabajo, de forma que el personal que los ocupase desempeñase las funciones reservadas a los denominados Técnicos de Extinción que señala el Decreto 371/2010, de 14 de septiembre, por el que se aprueba el Plan de Emergencia por Incendios Forestales de Andalucía y se modifica el Reglamento de Prevención y Lucha contra los Incendios Forestales, aprobado por el Decreto 247/2001, de 13 de noviembre, que hasta entonces se nombraban en funciones por el Director General competente en la materia.

El número de Técnicos de Extinción y su periodo de adscripción al Plan Infoca consecuentemente varían, y por tanto se hace necesario regular de forma más acorde, tanto los periodos como las jornadas y horarios de disponibilidad y presencia, implicando entonces también una ligera modificación para los Directores y Subdirectores de Centro Operativo Regional (en adelante COR) y Centro Operativo Provincial (en adelante COP).

Por otra parte, se determina de una forma más acorde con el actual sistema retributivo del personal funcionario de la Administración General de la Junta de Andalucía el concepto retributivo por el cual se van a retribuir los servicios de presencia y disponibilidad al margen de la jornada ordinaria de trabajo del personal que participa en el dispositivo. Disponibilidad que también se extiende, además de posibles turnos de tarde y/o en fin de semana, durante todo el año, ya que los incendios en invierno, junto la posible atención del dispositivo a otras emergencias, obligan a tener un mínimo de disponibilidad en todas las fechas.

Esta situación ha sido contemplada en la Orden de 6 de mayo de 2019, de la Consejera de...

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