Orden de 31 de marzo de 2020, por la que se prorrogan las medidas contenidas en la Orden 16 de marzo de 2020, por la que se facilita la continuidad del proceso de Atención Infantil Temprana como consecuencia de la situación y evolución del coronavirus (COVID-19).

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Salud y Familias
Rango de LeyOrden

La Orden de 16 de marzo de 2020, por la que se facilita la continuidad del proceso de Atención Infantil Temprana como consecuencia de la situación y evolución del coronavirus (COVID-19), adoptó una serie de medidas cuya vigencia quedaba establecida, con carácter general, hasta las 00:00 horas del día 30 de marzo de 2020, sin perjuicio de las prórrogas que se acordasen de forma sucesiva.

El Real Decreto 463/2020, de 14 marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, declaró el estado de alarma durante quince días naturales en todo el territorio nacional.

Habida cuenta de los datos disponibles y de los informes de evaluación elaborados por las autoridades competentes, el Real Decreto 476/2020, de 27 de marzo, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, expone que no se puede afirmar que la situación de emergencia sanitaria generada por el COVID-19 se habrá superado completamente en el plazo previsto inicialmente por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por lo que se estima imprescindible prorrogar el estado de alarma declarado en el citado real decreto, así como la vigencia de las medidas en él contenidas.

Dada la importancia que en el ámbito de la Atención Infantil Temprana tiene el mantenimiento en el tiempo de las intervenciones para el logro de objetivos y con el fin de garantizar, en la medida de lo posible, la continuidad de la prestación del servicio y minimizar el impacto para las personas menores de seis años con Trastornos del Desarrollo o con riesgo de presentarlos y sus familias, deben ponerse a su disposición estrategias y herramientas que den respuesta a sus nuevas necesidades en esta situación de aislamiento. Es por todo ello que se considera necesario acordar la prórroga de las medidas adoptadas en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en la citada Orden de 16 de marzo de 2020.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en el...

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