Orden de 29 de noviembre de 2018, por la que se aprueba un canon de mejora a solicitud del Ayuntamiento de Mijas (Málaga). (PP. 3210/2018).

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorConsejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio
Rango de LeyOrden

El canon de mejora es un tributo aplicable en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía que grava la utilización del agua potable de uso urbano con el fin de posibilitar la financiación de las infraestructuras hidráulicas de cualquier naturaleza correspondientes al ciclo integral del agua de uso urbano, tanto en el ámbito de actuación de la Junta de Andalucía como el de las entidades locales situadas en dicho ámbito territorial, y que se exacciona bajo dos modalidades: el canon de mejora de infraestructuras hidráulicas de depuración de interés de la Comunidad Autónoma y el canon de mejora de infraestructuras hidráulicas competencia de las Entidades Locales.

La Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía, en su artículo 91, faculta a las entidades locales titulares de las competencias de infraestructuras hidráulicas para el suministro de agua potable, redes de abastecimiento y, en su caso, depuración, para solicitar a la Comunidad Autónoma el establecimiento con carácter temporal de la modalidad del canon de mejora regulado en la Secciones 1.ª y 3.ª del Capítulo II del Titulo VIII, Régimen Económico-Financiero, facultando a la Consejería competente en materia de agua para fijar su cuantía, conforme a las determinaciones contenidas en el artículo 94, su régimen de aplicación y la vigencia por el tiempo necesario para lograr con su rendimiento el fin al que va dirigido.

La Resolución de 10 de enero de 2011, de la Agencia Andaluza del Agua, por la que se establece un canon de mejora a solicitud del Ayuntamiento de Mijas (Málaga), publicada en el BOJA de 7 de abril de 2011, establece en su artículo 8, entre los supuestos de revisión y nueva aprobación, la necesidad de efectuar alguna modificación del programa de actuaciones a financiar previsto en el Anexo de la Resolución, en cuanto a su contenido y presupuesto parcial y/o global, así como otras circunstancias que, previa justificación, implicara su actualización y como consecuencia de ello, su modificación.

El canon de mejora vigente fue solicitado el 25 de junio de 2009 por el pleno del Ayuntamiento de Mijas, a instancias de la empresa municipal MIJAGUA, y solo financiaba inversiones de abastecimiento. A partir de enero de 2011, el Ayuntamiento de Mijas encomendó la gestión del agua potable y el alcantarillado a ACOSOL, empresa pública perteneciente a la Mancomunidad de Municipios de la Costa del Sol Occidental. A partir de este momento se detectaron nuevas necesidades de inversión en infraestructuras de abastecimiento y saneamiento, por lo que se elaboró un nuevo Plan de Actuaciones que ascendía a 7.132.836 euros. Al mismo tiempo, se constataba que el rendimiento del canon de mejora era superior al inicialmente previsto por MIJAGUA, entre otras causas, por la incorporación de nuevas urbanizaciones gestionadas por ACOSOL y que MIJAGUA no tuvo en cuenta en su día para la realización de los cálculos económicos. Según la memoria aprobada por la Comisión Informativa Permanente General de 22 de diciembre de 2015, y ratificada por el Pleno Municipal de 29 de diciembre, del mismo año, manteniendo el tipo aplicable del canon vigente y aumentando el periodo de vigencia en un año se puede financiar el nuevo Plan de Actuaciones.

Así, el Ayuntamiento de Mijas (Málaga), conforme al acuerdo adoptado por el Pleno del 29 de diciembre de 2015, presentó solicitud de modificación del programa de actuaciones, así como del importe total de la inversión y de la vigencia del canon de mejora aprobado por la Resolución de 10 de enero de 2011, de la Agencia Andaluza del Agua, por la que se establece un canon de mejora a solicitud del Ayuntamiento de Mijas (Málaga), justificando esta modificación por causas relacionadas con la propia dinámica de las necesidades del servicio y las obras ya ejecutadas con cargo a otros recursos financieros. La solicitud presentada por el Ayuntamiento de Mijas (Málaga) se sustenta en la citada Ley 9/2010, de 30 de julio.

En la presente orden se recogen los distintos cambios normativos que se han producido desde que se dictó la citada resolución, por lo que se procede a la aprobación de un nuevo canon.

En la elaboración de esta orden se han solicitado los informes correspondientes a la Consejería de Hacienda y Administración Publica, y se ha cumplimentado el trámite de audiencia en consulta al Consejo de las Personas Consumidoras y Usuarias de Andalucía previsto en el Decreto...

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