Orden de 27 de abril de 2020, por la que se establece la distribución de las cantidades a percibir por las Entidades Locales para la financiación de las ayudas económicas familiares correspondientes al ejercicio 2020.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación
Rango de LeyOrden

El Decreto 11/1992, de 28 de enero, por el que se establecen la naturaleza y prestaciones de los Servicios Sociales Comunitarios, contempla en su artículo 7 las Ayudas Económicas Familiares como una prestación propia de los mismos, de carácter temporal y preventivo, y cuya finalidad es mantener a los y las menores en su medio familiar, debiendo gestionarse las mismas por los Servicios Sociales Comunitarios.

Mediante el Decreto 203/2002, de 16 de julio, por el que se regula el sistema de financiación de los Servicios Sociales Comunitarios en Andalucía, se determina que los créditos presupuestarios destinados a la financiación de dichos Servicios Sociales serán transferidos por la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación y distribuidos entre las Diputaciones Provinciales y los Ayuntamientos de municipios de Andalucía con población superior a veinte mil habitantes y las cantidades se abonarán en concepto de transferencias de financiación.

La Orden de 10 de octubre de 2013, regula las Ayudas Económicas Familiares y su gestión mediante la cooperación entre la Junta de Andalucía y las Entidades Locales, estableciendo en su artículo 7 la documentación precisa para la liquidación de los créditos distribuidos.

El Decreto 106/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación (BOJA núm. 31, de 14 de febrero), asigna a la misma, competencias en el desarrollo de la red de los Servicios Sociales Comunitarios y competencias en la planificación, desarrollo, coordinación y proposición de iniciativas en relación con las competencias de la Comunidad Autónoma en materia de infancia y conciliación. Dicho decreto fue modificado por el Decreto 572/2019, de 1 de octubre, por el que se atribuye a la Dirección General de Infancia la ordenación, gestión y coordinación de los recursos destinados a la infancia.

En el presente ejercicio, el crédito disponible que se va a destinar para Ayudas Económicas Familiares, en la partida 1600010000 G/31E/46504/00, correspondiente a los Presupuestos de la Junta de Andalucía para el año 2020, asciende a la cantidad de 3.569.998 ?.

Asimismo, en el marco del Acuerdo del Consejo de Ministros, de 24 de marzo de 2020, se han formalizado los criterios de distribución y la distribución resultante de los créditos, acordados por el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, para la financiación de las prestaciones básicas de los servicios sociales de las comunidades autónomas, diputaciones provinciales, o las corporaciones locales, que tengan por objeto exclusivamente hacer frente a situaciones extraordinarias derivadas del COVID-19 según lo previsto en los artículos 1 y 2 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, el crédito de este fondo que se va a destinar al Programa de Ayudas Económicas Familiares para el presente ejercicio asciende a la cantidad de 1.535.370?, en la partida presupuestaria 1600180000 G/31E/46504/00 S0690.

La propia naturaleza de estas ayudas, cuyas partidas como se ha señalado han visto incrementadas sus cuantías por la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, motivan el acogimiento a lo dispuesto por la Disposición Adicional Tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, de declaración del estado de alarma, en el sentido de resultar necesaria la continuidad de los procedimientos que permitan su ejecución en protección del interés general y funcionamiento básico de los servicios.

En su virtud, a...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR