Orden de 26 de julio de 2017, por la que se modifica la Oden de 11 de febrero de 2004, por la que se regulan las prestaciones económicas a las familias acogedoras de menores.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Igualdad y Políticas Sociales
Rango de LeyOrden

La reforma introducida con la Ley Orgánica 8/2015, de 22 de julio, y la Ley 26/2015, de 28 de julio, de Modificación del Sistema de Protección a la Infancia y a la Adolescencia, ha producido numerosos cambios en el Código Civil y en la Ley Orgánica 1/1996, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Esta nueva legislación contempla a la persona menor como eje central y protagonista de su vida y otorga a las familias acogedoras un papel fundamental de colaboración con la Administración en el acompañamiento de los niños y las niñas a través del acogimiento familiar. También dota de contenido el concepto de interés superior del o la menor, establece la prevalencia del acogimiento familiar frente al residencial, especialmente para menores de seis años y en relación a quienes tienen menos de tres años, acuerda que no ingresen en centros de protección, salvo en supuestos de imposibilidad debidamente acreditada.

Por ello, esta Consejería, dentro del marco de las políticas sociales y con la finalidad de dar respuesta tanto a las necesidades de los niños y niñas del sistema de protección como de las familias acogedoras, ha adquirido el compromiso de impulsar en mayor medida el acogimiento familiar y apoyar económicamente a las familias acogedoras en la labor que realizan.

Consecuentemente, tras la reforma introducida por las Leyes mencionadas en el primer párrafo, se hace necesario modificar la Orden de 11 de febrero de 2004, por la que se regulan las prestaciones económicas a las familias acogedoras de menores, para adaptar las distintas modalidades de acogimiento existentes a las nuevas denominaciones terminológicas y ajustar los importes correspondientes de la prestación económica establecida para los distintos acogimientos a las necesidades actuales de los menores.

En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Infancia y Familias, y en uso de las facultades que atribuyen a la persona titular de la Consejería los artículos 44.2 y 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el artículo 26.2.a) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre,

DISPONGO

Artículo único Modificación de la Orden de 11 de febrero de 2004, por la que se regulan las prestaciones económicas a las familias acogedoras de menores.

La Orden de 11 de febrero de 2004, por la que se regulan las prestaciones...

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