Orden de 26 de febrero de 2020, por la que se convoca la concesión de subvenciones destinadas a programas para la atención, acogida e inserción social y laboral de menores extranjeros no acompañados en régimen de concurrencia no competitiva.
Sección | 1. Disposiciones Generales |
Emisor | Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación |
Rango de Ley | Orden |
Mediante Orden de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación de fecha 25 de febrero de 2019 (BOJA núm. 43, de 5 de marzo), se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a programas para la atención, acogida e inserción social y laboral de menores extranjeros no acompañados en régimen de concurrencia no competitiva. En el marco de la referida orden se determina la línea concreta de subvención a la que resulta de aplicación, y se especifica el régimen jurídico para su regulación.
Mediante Orden de 1 de abril de 2019, se realizó la primera convocatoria y mediante la Orden de 30 de julio de 2019, la segunda convocatoria para la concesión de dichas subvenciones para el ejercicio 2019.
En desarrollo de las competencias conferidas a esta Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, se considera oportuno proceder a una nueva convocatoria de estas ayudas conforme con lo establecido en la citada disposición, dado la necesidad de garantizar la acogida a los menores extranjeros no acompañados que son atendidos por el sistema de protección de menores de Andalucía.
En su virtud, y tal como se establece en el preámbulo de la misma, y de conformidad con el artículo 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el artículo 118 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, y de acuerdo con el artículo 26.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, en relación con Decreto 572/2019, de 1 de octubre, por el que se modifica el Decreto 106/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación,
DISPONGO
Primero. Convocatoria y limitaciones presupuestarias.
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Se convoca para el ejercicio 2020, en la cuantía total máxima y con cargo a los créditos presupuestarios que se indican a continuación, la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para la financiación de actuaciones en los programas de recepción, atención y acogida ininterrumpida (RECEP), programas de acogida y atención dirigidos al estudio y diagnóstico de la situación del menor en nuestra comunidad (E/D) y programas dirigidos a la inserción social y laboral (ISL) de menores extranjeros no acompañados, por un periodo de 91 días, conforme a la siguiente tabla de necesidades:
PROVINCIA MODALIDAD NÚM. PLAZAS ALMERÍA ISL 188 ALMERÍA E/D 20 CÁDIZ RECEP 50 CÁDIZ ISL 167 CÁDIZ E/D 25 CÓRDOBA ISL 25 GRANADA RECEP 50 GRANADA ISL 113 GRANADA E/D 54 HUELVA ISL 76 MÁLAGA E/D 21 MÁLAGA ISL 60 SEVILLA ISL 153 SEVILLA E/D 70 1.072
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