Orden de 25 de mayo de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a la apicultura en el marco del Programa Apícola Nacional en la Comunidad Autónoma de Andalucía para los años 2017, 2018 y 2019.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural
Rango de LeyOrden
Preámbulo

El Reglamento (UE) núm. 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) núm. 922/72, (CEE) núm. 234/79, (CE) núm. 1037/2001 y (CE) núm. 1234/2007, establece en la Sección 5 del Capítulo II del Título I de la Parte II, las medidas que podrán incluirse en los programas apícolas nacionales, con objeto de proteger las colmenas desfavorecidas por sus condiciones estructurales o naturales o amparadas por programas de desarrollo económico, y de ese modo, mejorar las condiciones generales de producción y comercialización de los productos apícolas.

En desarrollo del anterior, se ha dictado el Reglamento Delegado (UE) núm. 2015/1366 de la Comisión, de 11 de mayo de 2015, por el que se completa el Reglamento (UE) núm. 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a las ayudas al sector de la apicultura y el Reglamento de Ejecución (UE) núm. 2015/1368 de la Comisión, de 6 de agosto de 2015, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) núm. 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a las ayudas al sector de la apicultura.

Las subvenciones a la apicultura en el marco del Programa Apícola Nacional vienen siendo objeto de convocatoria desde el año 1998 tras la aprobación de los respectivos Programas Nacionales presentados trianualmente a la Comisión y elaborados entre el Ministerio Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente y las Comunidades Autónomas.

Estos programas nacionales, de una duración de tres años («programas apícolas»), son elaborados en estrecha colaboración con las organizaciones representativas del sector apícola, y aprobados mediante Decisión de la Comisión.

El Programa Nacional ha sido aprobado por Decisión de Ejecución (UE) núm. 2016/1102 de la Comisión, de 5 de julio de 2016, por la que se aprueban los programas nacionales de mejora de la producción y la comercialización de productos apícolas presentados por los Estados miembros en virtud del Reglamento (UE) núm. 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo y que decide la contribución de la Unión a dichos programas para los ejercicios 2017, 2018 y 2019.

La regulación, a nivel nacional, de este régimen de concesión de ayudas así como las condiciones en que se produce la financiación del Estado, se recogió en el Real Decreto 519/1999, de 26 de marzo, por el que se regula el régimen de ayudas a la apicultura en el marco de los programas nacionales anuales.

Sin embargo, los cambios introducidos por la normativa comunitaria mencionada en lo relativo a las medidas a incluir en los planes nacionales, su financiación y otras disposiciones de gestión y control, hace necesario modificar la regulación, a nivel nacional, del régimen de concesión de ayudas para el fomento de actividades destinadas a mejorar la producción y comercialización de la miel y los productos apícolas así como definir las condiciones en que se produce la financiación del Estado.

Por ello, el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, está elaborando un nuevo Real Decreto, cuyo objeto es establecer la regulación del régimen de ayudas a la apicultura en el marco de los programas nacionales trianuales para adaptarlo a las disposiciones del Reglamento Delegado (UE) núm. 2015/1366 de la Comisión, de 11 de mayo de 2015, y al Reglamento de Ejecución (UE) 2015/1368 de la Comisión, de 6 de agosto de 2015, que establecen elementos que inciden en su contenido, así como modificar el Real Decreto 209/2002, de 22 de febrero, por el que se establecen normas de ordenación de las explotaciones apícolas, con arreglo a dichas disposiciones.

El mismo vendrá a establecer la normativa básica para la regulación del régimen de esta línea de ayudas, para los ejercicios 2017, 2018 y 2019.

Teniendo en cuenta la masculinización del sector, se acuerda expresamente que la perspectiva de género y la consideración específica de las personas en situación de desventaja social o riesgo de exclusión, forme parte de la finalidad y contenido de las estrategias de desarrollo, buscándose muy especialmente la incorporación de las mujeres a la actividad económica en las zonas vinculadas al sector apícola en la región.

De otro lado, en base a lo expuesto queda justificado que la elaboración de la presente norma respeta los principios de buena regulación previstos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo, esto es, principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, y eficiencia.

Por ello, procede establecer en la Comunidad Autónoma de Andalucía las bases reguladoras de las ayudas contempladas en el Programa Apícola Nacional, destinadas a mejorar la producción y comercialización de los productos de la apicultura.

Asimismo, la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto para Andalucía, establece en su artículo 48 que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de agricultura, ganadería y desarrollo rural, de acuerdo con las bases de la ordenación de la actuación económica general y en los términos de lo dispuesto en los artículos 38, 131 y 149.1.11.ª, 13.ª, 16.ª, 20.ª y 23.ª de la Constitución.

En su virtud, a propuesta de la persona titular de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados y en uso de las facultades que me confiere el artículo 118 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, y el artículo 44.2 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,

DISPONGO

Artículo 1 Objeto.

Por la presente Orden se aprueban en la Comunidad Autónoma de Andalucía las bases reguladoras del régimen de ayudas a la apicultura previsto en la Sección 5 del Capítulo II del Título I de la Parte II del Reglamento (UE) núm. 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) núm. 922/72, (CEE) núm. 234/79, (CE) núm. 1037/2001 y (CE) núm. 1234/2007, dentro del Programa Apícola Nacional aprobado por Decisión de Ejecución (UE) núm. 2016/1102 de la Comisión, de 5 de julio de 2016, para los años 2017, 2018 y 2019.

Artículo 2 Régimen jurídico.

Las subvenciones a las que se refiere la presente Orden, además de lo previsto por la misma, se regirán por las normas comunitarias aplicables y por las normas nacionales de desarrollo o transposición de aquéllas, siendo de aplicación las disposiciones que sobre procedimientos de concesión y gestión rijan para la Administración de la Junta de Andalucía, en concreto:

  1. Reglamento (UE) núm. 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) núm. 922/72, (CEE) núm. 234/79, (CE) núm. 1037/2001 y (CE) núm. 1234/2007.

  2. Reglamento Delegado (UE) núm. 2015/1366 de la Comisión, de 11 de mayo de 2015, por el que se completa el Reglamento (UE) núm. 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a las ayudas al sector de la apicultura.

  3. Reglamento de Ejecución (UE) núm. 2015/1368 de la Comisión, de 6 de agosto de 2015, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) núm. 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a las ayudas al sector de la apicultura.

  4. Las normas aplicables del Real Decreto 519/1999, de 26 de marzo, por el que se regula el régimen de ayudas a la apicultura en el marco de los programas nacionales anuales.

  5. Real Decreto 209/2002, de 22 de febrero, por el que se establecen normas de ordenación de las explotaciones apícolas.

  6. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento...

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