Orden de 19 de diciembre de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a entidades privadas y organizaciones sin ánimo de lucro para la cooperación en la implantación y el desarrollo de las estrategias locales de intervención en zonas desfavorecidas en Andalucía, en el ámbito de las competencias de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Igualdad y Políticas Sociales
Rango de LeyOrden

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 61 del Estatuto de Autonomía, la Junta de Andalucía, tiene reconocida competencias exclusivas en materia de servicios sociales, que incluyen la regulación, ordenación y gestión de servicios sociales, las prestaciones técnicas y económicas, con finalidad asistencial o complementarias de otros sistemas de protección pública, la regulación y aprobación de planes y programas específicos dirigidos a personas y colectivos más necesitados.

La Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de Servicios Sociales de Andalucía, al amparo de estas competencias, regula y garantiza en el ámbito de la Comunidad Autónoma un Sistema Público de Servicios Sociales que pone a disposición de las personas y de los grupos en que éstas se integran, recursos, acciones y prestaciones para el logro de su pleno desarrollo, así como la prevención, tratamiento y eliminación de las causas que conducen a su marginación. Este Sistema Público de Servicios Sociales tiene por objeto la protección y la adecuada cobertura de las necesidades sociales, derivadas de la interacción de las personas con su entorno, recogiéndose en el artículo 40.1 de la citada Ley 9/2016, entre las prestaciones de servicios sociales, los programas de intervención comunitaria como instrumento eficaz de prevención, de dinamización e inserción social, reforzando el empoderamiento de la ciudadanía, la eficacia de las prestaciones y la consolidación del sistema, y garantizando en el artículo 42.1, aquellas prestaciones y servicios cuyo reconocimiento tienen el carácter de derecho subjetivo.

Por otro lado, la Comisión de la Unión Europea en su Recomendación sobre la inclusión activa de las personas excluidas del mercado laboral, de octubre de 2008, actualizó la Recomendación 92/441/CEE del Consejo y declaró que los Estados miembros deben concebir y aplicar «una estrategia global integrada para la inclusión activa de las personas excluidas del mercado laboral en la que se combinen un apoyo a la renta adecuado, un mercado de trabajo inclusivo y el acceso a unos servicios de calidad».

En respuesta a ello, la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales de la Junta de Andalucía ha puesto en marcha, en el marco del Programa Operativo FSE Comunidad Autónoma de Andalucía 2014-2020, el Proyecto «Diseño y ejecución de Estrategias Locales de Empleabilidad e Inserción Social de las Personas en Situación de Exclusión Social», correspondiéndose con la actuación C del objetivo específico 9.1.1, del Programa Operativo FSE Comunidad Autónoma de Andalucía 2014-2020: «Mejorar la inserción socio-laboral de personas en situación o riesgo de exclusión social, a través de la activación y de itinerarios integrados y personalizados de inserción».

El objetivo de este Proyecto es establecer mecanismos de compensación al objeto de que las personas residentes en barrios desfavorecidos puedan...

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