Orden de 15 de julio de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas al Fomento de las Infraestructuras Turísticas ubicadas en zonas del Patrimonio Natural de las Entidades locales andaluzas.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE TURISMO Y DEPORTE
Rango de LeyOrden
PREÁMBULO

La Ley 13/2011, de 23 de diciembre, del Turismo de Andalucía, señala entre sus finalidades el impulso del turismo sostenible como sector estratégico de la economía andaluza, generador de empleo y desarrollo económico, y la protección de los recursos turísticos de acuerdo con el principio de sostenibilidad, entre otros. De acuerdo con lo establecido en su artículo 11, el Plan General del Turismo constituirá el instrumento básico y esencial en la ordenación de los recursos turísticos de Andalucía, debiendo formar parte de su contenido, entre otras, las prioridades de acción, así como los planes, instrumentos, programas y medidas necesarias para su desarrollo y ejecución.

Por su parte, el Decreto 212/2015, de 14 de julio, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Turismo y Deporte, dispone en su artículo 1 que corresponden a esta Consejería, dentro del marco de las competencias atribuidas a la Comunidad Autónoma por el Estatuto de Autonomía para Andalucía, las relativas al turismo y al deporte, ejerciendo estas competencias mediante la planificación, la ordenación, la promoción y el desarrollo de dichas materias. El artículo 8 del mismo decreto atribuye a la persona titular de la Dirección General de Calidad, Innovación y Fomento del Turismo la gestión y ejecución de las acciones y programas destinados al apoyo y fomento de la actividad turística, así como las actuaciones destinadas a promover la mejora de las infraestructuras y servicios turísticos.

En virtud del Decreto 37/2016, de 9 de febrero, se ha procedido a la aprobación del Plan General de Turismo Sostenible de Andalucía Horizonte 2020, configurándose las presentes bases reguladoras como una de las medidas que tienen cabida dentro del mencionado plan, permitiendo su adecuado desarrollo y ejecución. Por consiguiente, las actuaciones a llevar a cabo tendrán en cuenta las prioridades establecidas en el indicado plan, entre cuyos objetivos se encuentran, entre otros, implementar un modelo de desarrollo turístico sostenible, viable, equitativo y competitivo, que haga un uso óptimo de los recursos disponibles, respetuoso con los valores locales y los espacios donde se desarrolla el turismo y que garantice la cohesión territorial.

Preservar, desarrollar y fomentar los valores naturales que representan el mayor atractivo turístico de un territorio, supone una necesidad vital para la viabilidad de la actividad turística. Se hace indispensable la convivencia de la actividad turística con la protección de los espacios naturales protegidos, así como promover un desarrollo rural sostenible a través de servicios turísticos alternativos con fuerte impacto desestacionalizador. Asimismo, se detecta la necesidad de recuperar...

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