DECRETO 80/2004, de 24 de febrero, por el que se aprueban el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales y el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural Sierra Norte de Sevilla.

Sección1. Disposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

DECRETO 80/2004, de 24 de febrero, por el que se aprueban el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales y el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural Sierra Norte de Sevilla.

PREAMBULO

El Parque Natural Sierra Norte de Sevilla fue declarado como espacio natural protegido por la Ley 2/1989, de 18 de julio, por la que se aprueba el Inventario de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía y se establecenúmdas adicionales para su protección.

El citado Parque Natural se localiza al norte de la provincia de Sevilla, en la franja occidental de Sierra Morena. Al oeste limita con el Parque Natural Sierra de Aracena y Picos de Aroche, en Huelva, y al este, con el Parque Natural Sierra de Hornachuelos, en Córdoba, actuando los tres Parques Naturales como corredor ecológico, facilitando así el intercambio genético de las poblaciones de fauna en toda la Sierra Morena Occidental.

El 7 de noviembre de 2002 fue declarada por la UNESCO la Reserva de la Biosfera «Dehesas de Sierra Morena», de la cual forman parte los citados Parque Naturales. Se trata de la mayor Reserva de la Biosfera de la Península Ibérica, dedicada a la dehesa como paisaje representativo de la regiónúmterránea, que permite compatibilizar la explotación racionalde los diferentes recursos con la conservación de los mismos.

La fauna existente es la propia de los sistemas mediterráneos, con la presencia de una gran variedad de especies. El grupo conúmr representación es el de las aves, destacando rapaces como el águila imperial ibérica, el águila culebrera, el milano real, el halcón peregrino, el elanio azul, el águila real, el águila perdicera y el buitre negro.

Actualmente, el Parque Natural Sierra Norte de Sevilla, designado como Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) en el año 1989, conforme a la Directiva 79/409/CEE, del Consejo, de 2 de abril de 1979, relativa a la conservación de las aves silvestres, forma parte de la red ecológica europea «Natura 2000» instaurada por la Directiva 92/43/CEE, del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres.

Además, se encuentra incluido en la propuesta de la Comunidad Autónoma de Andalucía de Lugares de Importancia Comunitaria (LIC), conforme a la Directiva 92/43/CEE, de 21 de mayo de 1992.

Por otra parte, dentro de su ámbito territorial se han declarado dos Monumentos Naturales, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 225/1999, de 9 de noviembre, de Regulación y Desarrollo de la figura de Monumento Natural de Andalucía. En el TM de San Nicolás del Puerto, el Monumento Natural Cascadas del Huesna (Decreto 226/2001, de 2 de octubre, por el que se declaran determinados Monumentos Naturales de Andalucía), y en los términos municipales de San Nicolás del Puerto y Constantina el Monumento Natural Cerro del Hierro (Decreto 250/2003, de 9 de septiembre, por el que se declaran determinados Monumentos Naturales de Andalucía).

Mediante el Decreto 120/1994, de 31 de mayo, se aprobaron el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Parque Natural Sierra Norte de Sevilla, con una vigencia de ocho años, y el Plan Rector de Uso y Gestión, con una vigencia de cuatro años que fue prorrogada por el Decreto 73/2000, de 21 de febrero, hasta la entrada en vigor de un nuevo Plan.

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 13 y 18 de la Ley 2/1989, de 18 de julio, se procede a través de este Decreto a aprobar el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales y el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural Sierra Norte de Sevilla, documentos que se adaptan a las nuevas circunstancias ambientales y socioeconómicas que caracterizan el Parque Natural, así como al nuevo marco normativo y directrices políticas que, enúmria de medio ambiente, se vienen desarrollando en el ámbito internacional y en el de la Unión Europea.

En cuanto al procedimiento seguido, los citados Planes han sido elaborados por la Consejería de Medio Ambiente, informados por el Comité de Acciones para el Desarrollo Sostenible, la Junta Rectora del citado Parque Natural y el órgano competente enúmria urbanística, sometidos a los trámites de audiencia a los interesados, información pública y consulta de los intereses sociales e institucionales implicados, incluidas las Corporaciones Locales, y de las asociaciones que persiguen el logro de los principios establecidos en el artículo 2 de la Ley 4/1989, de 27 de marzo. Cumplidos los demás trámites previstos en la Ley, han sido elevados al Consejo de Gobierno para su aprobación.

Por otra parte, de conformidad con el artículo 8.1 de la Ley 2/1989, de 18 de julio, se procede mediante el presente Decreto a ampliar el ámbito territorial del Parque Natural Sierra Norte de Sevilla, mediante la incorporación al mismo de la finca «Las Navas-Berrocal» y el sector de la finca «La Traviesa» que no se encontraba incluido en el ámbito territorial del Parque Natural. Ambas fincas forman parte del grupo de montesde Almadén de la Plata (SE-11003-JA) y son propiedad de la Junta de Andalucía. Asimismo se adicionan los terrenos correspondientes a la zona de compensación ecológica del futuro embalse de Melonares, que en su mayor parte no formaban parte del Parque Natural.

La ampliación tiene en su conjunto una superficie de 9.839 ha, comprende terrenos pertenecientes al término municipal de Almadén de la Plata y reúne las características ecológicas adecuadas para ello y cuenta con el informe favorable de la Junta Rectora del Parque Natural. Por otro lado, de acuerdo con los requisitos establecidos por la Comisión Europea para realizar el embalse de Melonares, se ha designado como Zona de Especial Protección para las Aves y está propuesta como Lugar deImportancia Comunitaria.

Por otra parte, los avances tecnológicos permiten disponer actualmente de nuevos productos cartográficos que ofrecen una visiónúmactualizada y detallada de la realidad territorial y de los diferentes elementos que la constituyen. Por ello, y con la pretensión de contribuir a la seguridad jurídica en cuanto a la delimitación territorial del Parque Natural Sierra Norte de Sevilla, mediante el presente Decreto se definen literaria y gráficamente los límites del citado Parque Natural.

En su virtud, de conformidad con la legislación vigente, a propuesta de la Consejera de Medio Ambiente de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 39.2 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 24 de febrero,

DISPONGO

Artículo 1 Plan de Ordenación de los Recursos Naturales.

1. Se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Parque Natural Sierra Norte De Sevilla, que figura como Anexo I del presente Decreto.

2. El Plan tendrá una vigencia indefinida. Podrá ser modificado y revisado en los supuestos contemplados en el apartado 5.1 del propio Plan.

Artículo 2 Plan Rector de Uso y Gestión.

1. Se aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural Sierra Norte de Sevilla, que figura como Anexo II del presente Decreto.

2. El Plan tendrá una vigencia de ocho años, susceptible de ser prorrogada por un plazo no superior a otros ocho años, mediante Orden del titular de la Consejería de Medio Ambiente.

3. El Plan podrá ser modificado y revisado en los supuestos contemplados en el apartado 4.1 del propio Plan.

Artículo 3 Gestión de hábitats naturales.

El Plan de Ordenación de los Recursos Naturales y el Plan Rec

tor de Uso y Gestión del Parque Natural Sierra Norte de Sevilla tendrán la consideración de Plan de Gestión a los efectos de lo establecido en el artículo 6.1 del Real Decreto 1997/1995, de 7 de diciembre, por el que se establecenúmdas para contribuir a garantizar la biodiversidad mediante la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres.

Artículo 4 Modificación del ámbito territorial del Parque Natural.

1. Se modifica el ámbito territorial del Parque Natural Sierra Norte

de Sevilla, mediante la incorporación al citado Parque de los terrenos que forman parte de la zona de compensación del embalse de Melonares y de las fincas «Las Navas-Berrocal» y «La Traviesa», incluidas estas en el grupo de Montes de Almadén de la Plata (SE-11003-JA).

2. La descripción literaria de los límites del Parque Natural que

da recogida en el Anexo III del presente Decreto.

3. La representación gráfica de dichos límites a escala 1:10.000, sobre la Ortofoto del SIG Oleícola del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación obtenida en el año 1998, queda recogida en el apartado 8 del Anexo I del presente Decreto.

Disposición Derogatoria Unica

Quedan derogadas cuantas normas de igual o inferior rango se opongan o contradigan lo dispuesto en este Decreto.

Disposiciones Finales
Disposición Final Primera Desarrollo del Decreto.

Se autoriza al titular de la Consejería de Medio Ambiente para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de lo previsto en el presente Decreto.

Disposición Final Segunda Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 24 de febrero de 2004 MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía FUENSANTA COVES BOTELLA Consejera de Medio Ambiente

ANEXO I PLAN DE ORDENACION DE LOS RECURSOS NATURALES DEL

PARQUE NATURAL SIERRA NORTE DE...

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