Decreto 71/1981, de 30 de noviembre, de modificación de la estructura orgánica de la Consejería de Cultura. 

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorPRESIDENCIA
Rango de LeyDecreto

Por el Decreto 14/1980, de 14 de julio, se creaba la estructura orgánica de la Consejería de Cultura. Ya en la exposición de motivos de este Decreto, se hacía referencia al carácter provisional de dicha estructura, quedando abierta a posteriores ampliaciones o modificaciones.

El Real Decreto 1.075/81, de 24 de abril, transfiere a la Junta de Andalucía competencias en materia de Cultura que se atribuyeron a esta Consejería por Decreto 37/1981, de 13 de julio.

Para el mejor cumplimiento de las tareas hoy asignadas a esta Consejería y al amparo de lo establecido en la disposición transitoria cuarta del Real Decreto 698/79, de 13 de febrero, y en los artículos 10 y 17 del Reglamento de Régimen Interior de la Junta de Andalucía, a propuesta del Consejero de Cultura, previo acuerdo del Consejo Permanente en su sesión del día 30 de noviembre, y ejercitando las facultades que me confieren los artículos 11 y

35, 1 b) del citado Reglamento de Régimen Interior,

D I S P O N G O :

Artículo primero Se crea la Dirección General de Patrimonio Cultural, en la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía.
Artículo segundo La Dirección General de Patrimonio Cultural, tendrá las siguientes atribuciones:
  1. -Dirigir y gestionar los servicios y resolver los asuntos de la Consejería que sean de su incumbencia, vigilando y fiscalizando las dependencias a su cargo, y estableciendo el Régimen Interior de las oficinas de ellas dependientes.

  2. -Proponer al Consejero de Cultura las Resoluciones que estime...

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