DECRETO 109/1994, de 10 de mayo, por el que se modifica el Estatuto de la Empresa Pública de Puertos de Andalucía, aprobado por Decreto 126/ 1992, de 14 de julio, en lo relativo a la composición del Consejo de Administración de la Entidad. 

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES
Rango de LeyDecreto

El Estatuto de la Empresa Pública de Puertos de Andalucía (EPPA), aprobado por Decreto 126/1992 de 14 de Julio determina en su artículo 13 la composición del Consejo de Administración de la entidad y concretamente el párrafo 5º del artículo citado establece los miembros del referido órgano que, en calidad de vocales, se integran en el mismo en representación de las distintas Consejerías e instancias administrativas cuya participación era conveniente vincular a la gestión y gobierno de EPPA.

En el tiempo transcurrido desde la constitución de la empresa hasta la fecha, se han producido cambios en la estructura orgánica de la Consejería de Obras Públicas y Transportes en la que por una parte se suprimió por Decreto

161/1992 de 8 de septiembre la Dirección General de Carreteras y la de Transporte; y por otra parte, mediante Decreto 116/1993 de 7 de septiembre se suprimieron las Direcciones Generales de Urbanismos y la de Ordenación del Territorio, refundiéndose en una única Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

Asimismo la Consejería de Obras Públicas y Transportes ha planteado la conveniencia de complementar la representación en el Consejo de Administración de la EPPA, de las Administraciones territoriales distintas de la Autonómicas, atendiendo así a la propuesta formulada por la Comisión Ejecutiva de la Federación Andaluzas de Municipios y Provincias.

En base a lo anterior, existe la necesidad de proceder a modificar el Estatuto de EPPA en su artículo 13, en orden a variar la composición de los miembros del Consejo de Administración que en calidad de vocales, lo constituyen en la actualidad.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Obras Públicas y Transportes y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 10 de Mayo de 1994.

DISPONGO

Artículo único Se modifican los párrafos 2, 4 y 5 del artículo 13º del Estatuto de la Empresa Pública de Puertos de Andalucía aprobado por Decreto

126/1992 de 14 de julio, que quedan redactados de la siguiente forma:

Artículo 2

El Consejo de Administración estará formado por el Presidente, dos Vicepresidente y diez vocales".

Artículo 4

Será Vicepresidente 1º el Viceconsejero de Obras Públicas y Transportes y Vicepresidente 2º el Director General de...

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