DECRETO 121/2002, de 9 de abril, por el que se modifica el Decreto 139/2000, de 16 de mayo, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Justicia y Administración Pública.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE JUSTICIA Y ADMINISTRACION PUBLICA
Rango de LeyDecreto

DECRETO 121/2002, de 9 de abril, por el que se modifica el Decreto 139/2000, de 16 de mayo, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Justicia y Administración Pública.

Mediante los Reales Decretos 141 y 142/1997, de 31 de enero, se produjo el traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía, en materia de provisión de medios personales, materiales y económicos al servicio y para el funcionamiento de la Administración de Justicia. Como consecuencia del traspaso, se dictó el Decreto del Presidente 1/1997, de 13 de marzo, sobre reestructuración parcial de Consejerías, por el que pasó la Consejería de Gobernación a denominarse de Gobernación y Justicia, y se atribuyó a ésta las competencias en las materias anteriormente mencionadas mediante el Decreto 83/1997, de 13 de marzo; por último el Decreto 84/1997, de 13 de marzo, modificó la Estructura Orgánica de dicha Consejería.

Más recientemente, el Decreto del Presidente 6/2000, de 28 de abril, sobre reestructuración de Consejerías, crea la actual Consejería de Justicia y Administración Pública. En su artículo 5 le adscribe el Instituto Andaluz de Administración Pública y le asigna las competencias que en ese momento tenían atribuidas la Secretaría General para la Administración Pública, la Dirección General de la Función Pública, la Dirección General de Organización Administrativa e Inspección General de Servicios, la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, la Dirección General de Recursos Humanos y Medios Materiales y la Dirección General de Instituciones y Cooperación con la Justicia.

El Decreto 139/2000, de 16 de mayo, estableció la Estructura Orgánica de la Consejería de Justicia y Administración Pública y creó, entre otros Organos Directivos, la Secretaría General Técnica con las competencias recogidas en el artículo 7, entre ellas, la administración y gestión del personal de la Consejería y la elaboración, preparación y tramitación de los expedientes de contratación administrativa, así como los regulados en la legislación patrimonial; y la Dirección General de Gestión de Recursos con las competencias establecidas en el artículo 8 del citado Decreto, entre otras, de administración y gestión del personal al servicio de la Administración de Justicia y el ejercicio de las competencias que en esta materia tiene atribuida la Consejería, así como, respecto de los bienes y derechos adscritos al servicio de la Administración de Justicia y al Ministerio Fiscal, la elaboración, preparación y tramitación de los expedientes de contratación, así como los regulados en la legislación patrimonial.

No obstante, la evolución positiva en la gestión de las competencias en materia de personal y medios materiales atribuidas a esta Consejería y el apoyo proporcionado por las Delegaciones Provinciales de ésta, hacen aconsejable reunir en un solo Organo Directivo, la Secretaría General Técnica, las competencias atribuidas a la Dirección General de Gestión de Recursos que, en consecuencia, se suprime.

Asimismo, se incluyen determinadas modificaciones al Decreto 139/2000, de 16 de mayo, citado en el párrafo tercero, relativas a la incardinación del Sistema de Información de Recursos Humanos (SIRHUS) íntegramente en la Dirección...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR