Orden de 25 de abril de 2011, por la que se modifica la de 28 de mayo de 2009, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para programas e infraestructuras destinados al arraigo, la inserción y la promoción social de personas inmigrantes, dirigidas a entidades privadas sin ánimo de lucro, Universidades Públicas y Entidades Locales, en el ámbito de las competencias de la Dirección General de Coordinación de Políticas Migratorias, y se efectúa su convocatoria para el año 2011.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE EMPLEO
Rango de LeyOrden

Mediante Orden de la Consejería de Empleo, de 28 de mayo de 2009, se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para programas e infraestructuras destinados al arraigo, la inserción y la promoción social de personas inmigrantes, dirigidas a entidades privadas sin ánimo de lucro y Universidades Públicas, en el ámbito de la Dirección General de Coordinación de Políticas Migratorias, y se efectuó su convocatoria para el año 2009.

A través de la Orden de la Consejería de Empleo de 26 de mayo de 2010, se procedió a modificar la referida Orden, con objeto de incorporar una nueva línea de subvenciones destinada a Entidades Locales andaluzas, regular el procedimiento administrativo por medios electrónicos y clarificar los objetivos de la Línea 2. Asimismo, se efectuó la convocatoria para el ejercicio 2010.

Con la entrada en vigor del Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, resulta necesario proceder a la modificación de algunos de los artículos de la citada Orden, al objeto de adecuar las bases reguladoras de la Orden a lo dispuesto en el citado Reglamento.

Por todo lo anterior, de conformidad con los artículos 44.2 y 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el artículo 118 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, y el artículo 26.2.a) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,

DISPONGO

Artículo único

Modificación de la Orden de 28 de mayo de 2009, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para programas e infraestructuras destinados al arraigo, la inserción y la promoción social de personas inmigrantes, dirigidas a entidades privadas sin ánimo de lucro, Universidades Públicas y Entidades Locales en el ámbito de la Dirección General de Coordinación de Políticas Migratorias.

La Orden de 28 de mayo de 2009, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para programas e infraestructuras destinados al arraigo, la inserción y la promoción social de personas inmigrantes, dirigidas a entidades privadas sin ánimo de lucro, Universidades Públicas y Entidades Locales en el ámbito de las competencias de la Dirección General de Coordinación de Políticas Migratorias, queda modificada como sigue:

Uno. El artículo 3 queda redactado del siguiente modo:

Artículo 3. Conceptos subvencionables.

1. Podrán ser objeto de subvención la realización de proyectos cuyos objetivos estén incluidos en algunas de las siguientes líneas:

a) Línea 1. Programas de entidades privadas sin ánimo de lucro, destinados a la realización de proyectos que tengan por objetivo:

1.º Promover la participación social y el asociacionismo de la población inmigrante, así como el agrupamiento en federaciones, redes y otras estructuras análogas.

2.º Desarrollar actuaciones que promuevan y faciliten la gestión de la diversidad intercultural, y que puedan ser valoradas como modelo de buenas prácticas, con objeto de favorecer la integración laboral, económica, social y cultural de las personas inmigrantes en la sociedad de acogida, y en las empresas, fomentando la responsabilidad social corporativa de las mismas en materia de inmigración, así como la formación e información de la población trabajadora inmigrante en materia de prevención de riesgos laborales y seguridad y salud laboral.

3.º Mejorar la formación en materia de inmigración de profesionales que desarrollan su trabajo en contacto directo con inmigrantes o bien contribuyen a difundir conocimientos y a crear opiniones y actitudes en la ciudadanía (docentes, periodistas, etc.).

4.º Favorecer el intercambio de experiencias y la transformación de conocimientos entre personas que intervienen en el ámbito de la inmigración.

5.º Conocer la realidad de la inmigración en Andalucía, de los factores que la determinan, de sus repercusiones, de las desigualdades entre mujeres y hombres inmigrantes, así como su evolución en el ámbito autonómico, provincial y local.

6.º Conocer la realidad de la mujer inmigrante, sus cambios y la prevención y eliminación de toda conducta discriminatoria desde una perspectiva de género.

7.º Promover actitudes favorables a la acogida y a la integración social de la población inmigrante en la sociedad andaluza, a través de la sensibilización y actividades de convivencia, a fin de estimular el conocimiento y respeto mutuo, y prevenir la aparición de actitudes negativas hacia el hecho migratorio, así como modificar las posibles conductas racistas y xenófobas.

Dentro de esta línea podrán presentarse proyectos en red, promovidos por la agrupación de al menos tres entidades, con capacidad para realizar un proyecto común, que tenga por objeto el cumplimiento de alguna de las finalidades previstas en los apartados anteriores. Las subvenciones para este tipo de proyectos serán solicitadas por una sola entidad, que será la representante de la agrupación y la responsable principal técnica y financiera del proyecto ante la Consejería de Empleo y las restantes. El contenido del proyecto en red deberá ser distinto de los proyectos presentados individualmente por cada una de las entidades intervinientes; en caso contrario, se tramitará el presentado en red, siendo inadmitidas las peticiones presentadas por las entidades integrantes de la agrupación.

Se considerarán gastos subvencionables, los gastos de personal contratado; los generados por las gratificaciones personales por colaboraciones esporádicas y las becas; los gastos corrientes y los de funcionamiento. Quedan excluidos de esta línea los gastos para bienes inventariables.

b) Línea 2. Infraestructuras de entidades privadas sin ánimo de lucro, destinadas a la realización de proyectos que tengan por objetivo:

1.º La adquisición, construcción, reforma, reparación, conservación y equipamiento de albergues, casas de acogida y servicios diurnos de atención básica para personas inmigrantes.

2.º La adquisición, construcción, reforma, reparación, conservación y equipamiento de sedes de asociaciones, federaciones y otras estructuras análogas vinculadas a la inmigración.

Se considerarán gastos subvencionables los gastos generados por la adquisición de bienes inmuebles; las inversiones en obras de albañilería, fontanería, electricidad, carpintería, calefacción, aire acondicionado, pintura; los gastos de estudios y proyectos de profesionales, notariales e impuestos derivados de la inversión; y el equipamiento de bienes inventariables necesarios para las actividades que hayan de realizar el centro o la entidad, en su caso, tales como mobiliario, equipos para procesos de información y elementos de transporte.

Los bienes inventariables subvencionados deberán mantenerse destinados a la finalidad que sirvió de fundamento a la solicitud durante el plazo previsto en el artículo 22 e) de las bases reguladoras.

De conformidad con lo establecido en la legislación reguladora de los contratos del sector público, cuando el objeto del proyecto admita fraccionamiento, justificándolo debidamente en el expediente, podrá preverse en el mismo la realización independiente de cada una de sus partes, mediante su división en lotes, siempre que éstas sean susceptibles de utilización o aprovechamiento por separado o así lo exija la naturaleza del objeto. En este caso deberá quedar garantizada en la documentación que acompañe a la solicitud la viabilidad financiera de la totalidad del proyecto.

c) Línea 3. Programas de Universidades Públicas andaluzas destinados a la realización de proyectos que tengan por objetivo:

1.º Mejorar la formación en materia de inmigración de profesionales que desarrollan su trabajo en contacto directo con inmigrantes o bien contribuyen a difundir conocimientos y a crear opiniones y actitudes en la ciudadanía (docentes, periodistas, etc.).

2.º Favorecer el intercambio de experiencias y la transformación de conocimientos entre...

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