Decreto 80/2013, de 9 de julio, por el que se inscribe en el catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz como Bien de Interés Cultural, el bien mueble denominado manuscrito «Cántico Espiritual y Poesías» de San Juan de la Cruz (Cántico A), del Convento de las Carmelitas Descalzas de Sanlúcar de Barrameda (Cádiz).

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorConsejería de Cultura y Deporte
Rango de LeyDecreto
  1. En desarrollo de lo prescrito en el artículo 46 de la Constitución Española, el Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado mediante la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, establece en su artículo 10.3.3º que la Comunidad Autónoma ejercerá sus poderes con el objetivo básico del afianzamiento de la conciencia de identidad y cultura andaluza a través del conocimiento, investigación y difusión del patrimonio histórico, antropológico y lingüístico. Para ello, el artículo 37.1.18º preceptúa que se orientarán las políticas públicas a garantizar y asegurar dicho objetivo básico mediante la aplicación efectiva, como principio rector, de la conservación y puesta en valor del patrimonio cultural, histórico y artístico de Andalucía; estableciendo a su vez el artículo 68.3.1º que la Comunidad Autónoma tiene competencia exclusiva sobre protección del patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico, sin perjuicio de lo que dispone el artículo 149.1.28ª de la Constitución.

    En ejercicio de la competencia atribuida estatutariamente, la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, establece en su artículo 9.7.a) que el órgano competente para resolver los procedimientos de inscripción de Bienes de Interés Cultural en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz es el Consejo de Gobierno.

    Asimismo, el artículo 2 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por Decreto 4/1993, de 26 de enero, declarado vigente por la disposición derogatoria de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, atribuye a la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía la competencia en la formulación, seguimiento y ejecución de la política andaluza de Bienes Culturales referida a la tutela, enriquecimiento y difusión del Patrimonio Histórico Andaluz siendo, de acuerdo con el artículo 3.3 del citado Reglamento, la persona titular de la Consejería de Cultura el órgano competente para proponer al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía la inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz de los Bienes de Interés Cultural y competiendo, según el artículo 1.1 del Reglamento anterior, a este último dicha inscripción.

  2. El «Cántico Espiritual», creado por San Juan de la Cruz durante su cautiverio en Toledo, entre 1577-1578, memorizado al no tener medios para escribir, está considerado una obra maestra de la poesía española. San Juan de la Cruz compuso las treinta primeras estrofas de su «Cántico», completándolas después con los «Comentarios a las Canciones» en Baeza y en Granada. Existen solo dos versiones manuscritas del Cántico, ambos códices son las principales fuentes del poema que constituye la pieza clave de la tradición lírica española.

    El manuscrito «Cántico Espiritual y Poesías» de San Juan de la Cruz que se conserva y custodia en el convento de las Carmelitas Descalzas de la ciudad de Sanlúcar de Barrameda (Cádiz), es la primera de las dos versiones manuscritas. Se le conoce como «Cántico A» o «Códice de Barrameda», siendo el que sirve de modelo a las ediciones del siglo XVII. El segundo manuscrito, conocido como «Cántico B», se encuentra en el convento de las Carmelitas Descalzas de...

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