ORDEN de 26 de julio de 2005, por la que se hacen públicos los listados de aspirantes seleccionados/as en el procedimiento selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Maestros, y se les nombra con carácter provisional funcionarios en prácticas.

Sección2. Autoridades y Personal
Rango de LeyOrden

ORDEN de 26 de julio de 2005, por la que se hacen pblicos los listados de aspirantes seleccionados/as en el procedimiento selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Maestros, y se les nombra con carcter provisional funcionarios en prcticas.

De conformidad con lo establecido en la Base Novena, apartado 5, de la Orden de 22 de febrero de 2005, por la que se convoca procedimiento selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Maestros (BOJA nm. 43, de 3 de marzo), se procede a la publicacin de los/las aspirantes seleccionados/as, ordenados/as por la puntuacin global obtenida.

A tales efectos, conviene recordar que para la modalidad de ingreso en la Funcin Pblica Docente, el modelo selectivo exige la superacin de todas las pruebas de la fase de oposicin con puntuaciones de cinco o ms puntos. Para la obtencin de la puntuacin global, se ponderar en dos tercios la puntuacin media obtenida en la fase de oposicin, y en un tercio la puntuacin obtenida en la fase de concurso, resultando de la suma de ambas fases la citada puntuacin.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en la Base Novena, apartado 5, de la referida Orden de 22 de febrero de 2005, por la que se efecta convocatoria de procedimiento selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Maestros, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas en los artculos 39 y 44.4 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administracin de la Comunidad Autnoma de Andaluca,

DISPONGO

Primero. Hacer pblicos, por especialidades, los listados de aspirantes que han superado el procedimiento selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Maestros, con indicacin de la puntuacin global obtenida, segn Anexo I de la presente Orden.

Segundo. Nombrar, con carcter provisional, como funcionarios/as en prcticas hasta su nombramiento como funcionarios/as de carrera, a los/las aspirantes que figuran como Anexo I a la presente Orden.

Los/las Maestros/as referidos, realizarn la fase de prcticas en los destinos provisionales que a tal efecto les sean adjudicados.

Tercero. Quedarn anuladas todas las actuaciones de aquellos/as aspirantes que, dentro del plazo fijado en la Base 10.2 de la citada Orden de 22 de febrero de 2005, no hubieran presentado la documentacin exigida en la Base 10.2, o, del examen de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos en la convocatoria, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiesen podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial.

Quienes precisen aplazamiento de incorporacin a la fase de prcticas por causas debidamente justificadas, debern solicitarlo mediante escrito dirigido a la Direccin General de Gestin de Recursos Humanos, acompaando los documentos justificativos, la cual conceder, si procede, el aplazamiento

temporal de la fase de prcticas. En ningn caso se permitir la incorporacin a la misma despus del 28 de febrero de

En caso de que por causas justificadas no se complete el perodo mnimo de cuatro meses, la Direccin General de Gestin de Recursos Humanos dictar resolucin concediendo el aplazamiento total de la fase de prcticas para realizarlas durante el curso 2006/2007.

Cuarto. La fecha en que comenzar a surtir efectos el nombramiento como funcionarios en prcticas ser el 1 de septiembre de 2005. En el caso de no incorporarse a los destinos que se les adjudiquen en los primeros cinco das hbiles del mes de septiembre, se entender que renuncian al procedimiento selectivo, salvo que se les hubiese concedido el aplazamiento de incorporacin a la fase de prcticas y con excepcin de los supuestos de fuerza mayor, debidamente acreditados.

Quinto. Aquellos/as aspirantes que hayan superado el procedimiento selectivo por la citada Orden de 22 de febrero de 2005 y por la correspondiente a otra u otras Administraciones Educativas, debern, en el plazo de diez das naturales contados a partir de la publicacin oficial de esta Orden, optar por una de ellas mediante escrito dirigido a la Direccin General de Gestin de Recursos Humanos, renunciando a todos los derechos que pudieran corresponderles por su participacin en las restantes. De no realizar esta opcin, la aceptacin del primer nombramiento como funcionario/a en prcticas se entender como renuncia tcita a las restantes.

Sexto. El nombramiento de funcionarios de carrera se efectuar con efectos del da de comienzo del curso escolar siguiente a aquel en el que fueran nombrados funcionarios en prcticas.

Sptimo. Se faculta a la Direccin General de Gestin de Recursos Humanos para adoptar cuantas medidas e instrucciones sean necesarias para el desarrollo de esta Orden.

Octavo. Contra la presente Orden, que pone fin a la va administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses a contar desde el da siguiente al de su publicacin, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo competente, o la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andaluca, segn corresponda conforme a lo establecido en los artculos 8.2.a), 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdiccin Contencioso-Administrativa o, potestativamente, recurso de reposicin ante la Excma. Sra. Consejera de Educacin, en el plazo de un mes a contar desde el da siguiente al de su publicacin, conforme a lo establecido en los artculos 107, 109, 110, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas y del Procedimiento Administrativo Comn.

Sevilla, 26 de julio de 2005

CANDIDA MARTINEZ LOPEZ

Consejera de Educacin

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