ORDEN de 9 de octubre de 2006, por la que se convoca el Programa de Intercambios Escolares de los Institutos de Enseñanza Secundaria dependientes de la Junta de Andalucía con centros educativos de países de habla inglesa, francesa y alemana para el año 2007.

Sección1. Disposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN de 9 de octubre de 2006, por la que se convoca el Programa de Intercambios Escolares de los

Institutos de Enseñanza Secundaria dependientes de la

Junta de Andalucia con centros educativos de países de

habla inglesa, francesa y alemana para el año 2007.

La política educativa de la Junta de Andalucía tiene entre sus objetivos fundamentales potenciar el aprendizaje de idiomas, especialmente de los países de la Unión Europea, para favorecer el libre intercambio de personas, bienes e ideas, en un entorno plurilingüístico y pluricultural. Esta prioridad se pone de manifiesto en una serie de actuaciones concretas que contribuyen a completar la formación del alumnado, a mejorar la cualificación del profesorado de lenguas extranjeras y a poner a su disposición los medios didácticos necesarios para optimizar los resultados del aprendizaje.

En este sentido, el Plan de Fomento del Plurilingüismo, puesto en marcha por la Consejería de Educación en el marco de la Segunda Modernización de Andalucía, traza una nueva política lingüística para nuestra sociedad teniendo en cuenta los objetivos europeos en esta materia a fin de que los andaluces y las andaluzas, además de dominar su lengua materna, logren expresarse en otros idiomas y profundizar en el conocimiento de las culturas de nuestro entorno.

Por otra parte, el Decreto 137/2002, de 30 de abril, de apoyo a las familias andaluzas, configura un sistema global de ayudas a las mismas y da respuesta satisfactoria a sus necesidades actuales. El Decreto 18/2003, de 4 de febrero, de ampliación de las medidas de apoyo a las familias andaluzas, incluye en este marco normativo ayudas específicas para facilitar a los jóvenes andaluces el perfeccionamiento de un idioma extranjero en países de habla francesa, inglesa y alemana. Una acción centrada en alumnado de Bachillerato y Formación Profesional.

Por otra parte, la Consejería de Educación ha puesto en marcha en el pasado curso escolar los campamentos de verano de inmersión lingüística para alumnos y alumnas del tercer ciclo de Educación Primaria que ha permitido a los escolares de esta etapa educativa mejorar la práctica de los idiomas fuera del ámbito escolar.

Procede, por tanto, en este marco el desarrollo de una nueva línea de actuación para el alumnado de Educación Secundaria Obligatoria.

En consecuencia, esta Consejería

DISPONE

Artículo 1 Objeto.

La presente Orden tiene por objeto convocar intercambios educativos con otros centros educativos de países de habla inglesa, francesa y alemana y estancias en el extranjero para 100 grupos escolares (3.000 alumnos y alumnas) de tercero y cuarto de Educación Secundaria Obligatoria correspondientes a 100 Institutos de Enseñanza Secundaria dependientes de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía.

Artículo 2 Finalidad de los Intercambios Escolares.

Los intercambios escolares y estancias en el extranjero tendrán como finalidad:

- Perfeccionar el conocimiento de la lengua inglesa, francesa o alemana, en cada caso, desarrollando sus aspectos prácticos.

- Adquirir hábitos y actitudes positivos en el aprendizaje de los idiomas en particular, y en la formación permanente en general.

- Desarrollar actitudes positivas de convivencia y cooperación.

- Conocer la realidad cultural del país en el que realizan la estancia.

Artículo 3 Participantes.
  1. Podrán participar en esta convocatoria los Institutos de Enseñanza Secundaria dependientes de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía a razón de un solo grupo de alumnos y alumnas por Instituto.

  2. Los alumnos y alumnas deberán reunir, a fecha de 30 de junio de 2007, los siguientes requisitos:

    1. Estar matriculados en los cursos tercero o cuarto de Educación Secundaria Obligatoria en el momento en el que esté prevista la realización de la actividad.

    2. No haber obtenido becas o ayudas convocadas para la misma finalidad procedente de cualesquiera Administración o Ente público o privado, nacional o internacional entre los cursos 2003/2004 y 2005/2006, ambos inclusive.

  3. Cada grupo de alumnos y alumnas deberán contar con dos profesores o profesoras del Instituto solicitante...

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