Decreto 306/2009, de 21 de julio, por el que se aprueba el Primer Plan Integral para los Andaluces y Andaluzas en el Mundo.

Fecha de Entrada en Vigor12 de Agosto de 2009
Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE GOBERNACION
Rango de LeyDecreto

El Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado mediante Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, establece en su artículo 5.2 que, como andaluces y andaluzas, gozan de los derechos políticos definidos en el Estatuto, los ciudadanos españoles residentes en el extranjero que hayan tenido la última vecindad administrativa en Andalucía y acrediten esta condición en el correspondiente Consulado de España. Gozarán también de estos derechos sus descendientes inscritos como españoles, si así lo solicitan, en la forma que determine la Ley del Estado.

El artículo 6 de la norma institucional básica de la Comunidad Autónoma dispone además que los andaluces y andaluzas en el exterior y las comunidades andaluzas asentadas fuera de Andalucía, como tales, tendrán derecho a participar en la vida del pueblo andaluz y a compartirla en los términos que, en cada caso, establezcan las leyes.

El artículo 10.3.6.º del Estatuto de Autonomía para Andalucía, considera la creación de las condiciones indispensables para hacer posible el retorno de los andaluces en el exterior que lo deseen y para que contribuyan con su trabajo al bienestar colectivo del pueblo andaluz, como uno de los objetivos básicos de la Comunidad Autónoma.

La Ley 8/2006, de 24 de octubre, del Estatuto de los Andaluces en el Mundo, constituye la legislación de desarrollo de los aspectos del Estatuto de Autonomía para Andalucía relativos a los andaluces en el exterior y personas retornadas, así como respecto a Comunidades Andaluzas y colectivos andaluces de emigrantes retornados.

La disposición adicional segunda de la citada Ley 8/2006, de 24 de octubre, establece que el Consejo de Gobierno aprobará, mediante Decreto, el Plan Integral para los Andaluces en el Mundo, como instrumento de planificación y coordinación cuatrienal de todas las políticas de la Junta de Andalucía en materia de andaluces en el mundo.

Por otra parte, el Decreto 164/2009, de 19 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Gobernación, dispone en su artículo 1, letra f), que corresponde a esta Consejería el desarrollo general, la coordinación y el control de la ejecución de la política del Consejo de Gobierno en relación con las políticas respecto a los andaluces y andaluzas en el mundo.

Asimismo, el artículo 5, punto 5, del citado Decreto 164/2009, de 19 de mayo, atribuye a la...

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