DECRETO 100/1987, de 15 de abril, sobre integración de los funcionarios al servicio de la Junta de Andalucía, en la organización de su Función pública.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE GOBERNACION
Rango de LeyDecreto

La Disposición Adicional Quinta de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, determina los Cuerpos y Especialidades en que se agruparán los funcionarios al servicio de la misma.

Para proceder a la integración de los funcionarios se aprobó el Decreto

365/1986, de 19 de noviembre, que contiene las disposiciones reglamentarias al efecto. No obstante, conviene completar la citada normativa en lo referente a la integración de los funcionarios procedentes de determinados Cuerpos y Escalas de distintas Administraciones Públicas que han pasado a depender de la Junta de Andalucía. En su virtud, a propuesta de la Consejería de Gobernación, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 15 de abril de

1987,

D I S P O N G O

Artículo 1º Los funcionarios transferidos y los que hayan solicitado la integración de conformidad con lo previsto en la Disposición Transitoria Séptima de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, pertenecientes a los Cuerpos y Escalas que figuran en el Anexo que se acompaña, se integrarán en los Cuerpos de la Junta de Andalucía que asimismo se especifican.
DISPOSICION FINAL

Se autoriza al Consejero de Gobernación para dictar las normas de desarrollo y ejecución del presente Decreto, que entrará en...

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