DECRETO 244/2003, de 2 de septiembre, por el que se modifica la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico y se integra y adscribe a puestos de la misma al personal transferido por el Real Decreto 467/2003, de 25 de abril, sobre traspaso...

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorCONSEJERIA DE JUSTICIA Y ADMINISTRACION PUBLICA
Rango de LeyDecreto

DECRETO 244/2003, de 2 de septiembre, por el que se modifica la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico y se integra y adscribe a puestos de la misma al personal transferido por el Real Decreto 467/2003, de 25 de abril, sobre traspaso a la Comunidad Autónoma de Andalucía de la gestión realizada por el Instituto Nacional de Empleo, en el ámbito del trabajo, el empleo y la formación.

La adecuación de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía que se efectúa mediante el presente Decreto viene motivada por la transferencia de personal operada por el Real Decreto 467/2003, de 25 de abril (BOE núm. 103, de 30 de abril), sobre traspaso a la Comunidad Autónoma de Andalucía de la gestión realizada por el Instituto Nacional de Empleo, en el ámbito del trabajo, el empleo y la formación.

De acuerdo con el artículo 12 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, el artículo 17 de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, y el Decreto 365/1986, de 19 de noviembre, sobre integración de funcionarios al servicio de la Junta de Andalucía en la organización de su Función Pública, mediante el presente Decreto se procede a realizar la integración y adscripción del personal funcionario afectado en la Junta de Andalucía. Del mismo modo se procede a realizar la integración y adscripción del personal laboral que ha sido transferido, dentro de los grupos y categorías del VI Convenio Colectivo para el personal laboral de la Junta de Andalucía.

Por otra parte, se han tenido en cuenta los derechos consolidados de los funcionarios que ocupan puestos fuera de su intervalo, de conformidad con lo que disponía la Disposición Transitoria 2.ª del Reglamento General de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado, aprobado por el Real Decreto 28/1990, de 15 de enero, ya derogado, en relación con las situaciones existentes a 17 de enero de 1990, fecha de entrada en vigor del mismo.

Según lo previsto en el artículo 32, letra d), de la Ley 9/1987, de 12 de junio, de Organos de representación, determinación de las condiciones de trabajo y participación del personal al servicio de las Administraciones Públicas, en la redacción dada...

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