ORDEN de 3 de marzo de 1999, por la que se procede a la modificación de los Estatutos y denominación de la Fundación Concurso anual de iniciativas y anteproyectos para aumentar la riqueza de la provincia de Almería.

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorCONSEJERIA DE EDUCACION Y CIENCIA
Rango de LeyOrden

MANUEL PEZZI CERETO Consejero de Educación y Ciencia ORDEN de 3 de marzo de 1999, por la que se procede a la modificación de los Estatutos y denominación de la Fundación Concurso anual de iniciativas y anteproyectos para aumentar la riqueza de la provincia de Almería.

Visto el expediente de modificación de los Estatutos y denominación de la Fundación «Concurso anual de iniciativas y anteproyectos para aumentar la riqueza de la provincia de Almería», constituida y domiciliada en Almería, Paseo de Almería, núm. 67.

ANTECEDENTES DE HECHO Primero. La Fundación fue reconocida y clasificada por Orden de la Consejería de Educación y Ciencia de fecha 9 de octubre de 1997, con la denominación Fundación «Concurso anual de iniciativas y anteproyectos para aumentar la riqueza de la provincia de Almería», con fecha 9 de septiembre de 1998, remite proyecto de modificación de los Estatutos y con fecha 26 de enero de 1999 remite escrituras públicas,

de fecha 25 de enero de 1999, ante Notario don Francisco Balcázar Linares del Ilustre Colegio de Granada, con número de protocolo 116, por las cuales se modifican los Estatutos, recogiéndose entre otros el cambio de nombre, pasando a denominarse Fundación «Promoción Económica de Almería (FUPEA)».

Segundo. Tendrá principalmente, los objetivos y fines siguientes: Tiene como objetivo único, convocar un concurso anual de iniciativas y anteproyectos para aumentar la riqueza de la Provincia de Almería.

Tercero. El gobierno, administración y representación de la Fundación, se confía de modo exclusivo a un Patronato que estará formado por un número de miembros que no será inferior a tres ni superior a siete, siendo su presidente don Ramón Sedeño González.

Vistos: La Constitución Española, el Estatuto de Autonomía de Andalucía, la Ley 30/94 de 24 de noviembre de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en actividades de Interés General, y demás normas de general y pertinente aplicación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero. Esta Consejería tiene asignada, en virtud del Decreto 42/83 de 9 de febrero del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, las competencias que en materia de Educación se traspasaron por Real Decreto 3936/82 de 29 de diciembre y en particular sobre las Fundaciones docentes que desarrollen principalmente sus acciones en Andalucía, ejerciendo en consecuencia el Protectorado sobre...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR