Orden de 28 de septiembre de 2009, por la que se modifica la de 9 de diciembre de 2008, por la que se establecen las bases reguladoras de un programa de incentivos para el fomento de la innovación y el desarrollo empresarial en Andalucía y se efectúa su convocatoria para los años 2008 a 2013, y se convalida la resolución del Viceconsejero de Innovación, Ciencia y Empresa, de 22 de diciembre de 2008.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE INNOVACION, CIENCIA Y EMPRESA
Rango de LeyOrden

Mediante la Orden de 9 de diciembre de 2008, se establecieron las bases reguladoras y la convocatoria del nuevo programa de incentivos a la innovación, la investigación y desarrollo y la cooperación empresarial, como factores estratégicos sobre los que fundamentar el desarrollo empresarial y económico de Andalucía, al tiempo que incorpora nuevas fórmulas de apoyo al tejido productivo acordes con la actual crisis económica (BOJA núm. 249, de 17 de diciembre).

Mediante la presente modificación de la Orden de 9 de diciembre de 2008, se convalida, por un lado, la Resolución del Viceconsejero de Innovación, Ciencia y Empresa de 22 de diciembre de 2008, por la que se modificaba la Disposición Transitoria Única de dicha Orden, para extender la fórmula de pago de anticipo a cuenta de los incentivos prevista en el artículo 27.3 de la Orden de 9 diciembre de 2008 a los proyectos aprobados al amparo de la Orden de 19 de abril de 2007 y pendientes de abono a la fecha de la entrada en vigor de la Orden de 9 de diciembre de 2008.

De igual forma, conviene extender la forma de realización de pagos parciales previa justificación establecida en el artículo 27.2 de la Orden de 9 de diciembre de 2008 a los proyectos aprobados al amparo de la Orden de 19 de abril de 2007 y pendientes de abono a la fecha de la entrada en vigor de la presente Orden.

Asimismo, mediante la presente modificación, se establece para los incentivos a los servicios de asesoramiento en innovación «cheque innovación» el pago anticipado por la totalidad en firme con justificación diferida siempre que los incentivos concedidos no superen los 6.050,00 ?.

Con el fin de agilizar la resolución de las solicitudes presentadas se suprime el trámite de la propuesta de resolución provisional previsto en el artículo 22 de la referida Orden.

Asimismo, se lleva a cabo la adecuación del régimen jurídico de los incentivos a conceder en el marco del Programa de Apoyo a la Innovación de las Pequeñas y Medianas Empresas (Innoempresa), tras la aprobación Reglamento (CE) núm. 800/2008, de la Comisión, de 6 de agosto de 2008, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado (Reglamento general de exención por categorías) (DO...

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