Resolución de 10 de noviembre de 2008, de la Universidad de Granada, por la que se aprueba la creación y modificación de ficheros automatizados de datos de carácter personal.

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorUNIVERSIDADES
Rango de LeyResolución

El artículo 27.6 de la Constitución reconoce la autonomía universitaria. La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (LOU), modificada por la Ley Orgánica 4/2007, establece en su artículo 2.1 que «las universidades están dotadas de personalidad jurídica y desarrollan sus funciones en régimen de autonomía y de coordinación entre todas ellas. En los términos señalados en la LOU, la autonomía de las Universidades comprende:

  1. La elaboración de sus Estatutos y, en el caso de las universidades privadas, de sus propias normas de organización y funcionamiento, así como de las demás normas de régimen interno».

La Universidad de Granada, está incluida, respecto a los ficheros de datos de carácter personal en el ámbito de aplicación de la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y más concretamente a lo que dispone el Artículo 26 de la misma de «Notificación e inscripción registral».

Los ficheros que se crean por la presente Resolución cumplen las medidas de seguridad establecidas en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.

Por todo lo cual dispongo:

Primero.

  1. Dejar sin efecto la resolución de este Rectorado de 4 de Junio de 2008 (BOJA núm. 127, de 27.6.2008) por la que se aprueba la creación de ficheros automatizados de datos de carácter personal.

  2. Proceder a la creación de los ficheros automatizados de datos de carácter personal que se incluyen en el Anexo I.

  3. Proceder a la modificación de los ficheros que se incluyen en el Anexo II publicados por Resolución de 31.3.1997 (BOE de 18.4.1997) de la Universidad de Granada reguladora de ficheros automatizados con datos personales.

Segundo. Medidas de seguridad.

Los ficheros automatizados y no automatizados que por la presente Resolución se crean cumplen las medidas de seguridad establecidas en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.

Tercero. Publicación.

De conformidad con las atribuciones que le confieren a este Rectorado la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades modificada por la Ley Orgánica 4/2007, y los Estatutos de la Universidad de Granada, se ordena que la presente Resolución sea publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Cuarto. Entrada en vigor.

La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Granada, 10 de noviembre de 2008.- El Rector, Francisco González Lodeiro.

ANEXO I
  1. Nombre del Fichero. Gestión miembros del Claustro.

  2. Responsable del fichero. Universidad de Granada. Secretaría General.

  3. Servicio o Unidad ante la cual pueden ejercitarse los derechos de oposición, acceso, rectificación y cancelación. Secretaría General de la Universidad de Granada.

  4. Nombre y descripción del fichero. Gestión miembros del Claustro.

    Fichero para la realización de las convocatorias del Claustro Universitario, así como para el mantenimiento de los miembros del mismo. Detección de vacantes producidas.

  5. Encargado del tratamiento.

  6. Campos del fichero: DNI, apellidos y nombre, sector, tipo, centro al que pertenece, departamento al que pertenece, fecha elección, teléfonos, dirección interna y/o privada, correo electrónico, comisiones a las que pertenece, sexo, otros datos identificativos o de contacto.

  7. Finalidad y usos previstos. Finalidad: Gestión de las convocatorias. Altas y bajas de los miembros del claustro.

    Usos: Gestión administrativa.

  8. Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos. Miembros electos del claustro.

  9. Procedencia y procedimiento de recogida de datos.

    Procedencia de los datos: Interesado o representante legal.

    Procedimiento de recogida: Formularios o cupones.

    Soporte utilizado: Informático.

  10. Cesiones. No hay previstas.

  11. Transferencia Internacional de Datos. No.

  12. Medidas de Seguridad: Nivel Básico.

  13. Sistema de Tratamiento. Automatizado. Los datos están ubicados en una Unidad Común Remota (Unidad «S») a la que tiene acceso el personal adscrito a la Secretaría General.

  14. Nombre del Fichero. Histórico de Gestión Económica.

  15. Responsable del fichero. Universidad de Granada. Gerencia.

  16. Servicio o Unidad ante la cual pueden ejercitarse los derechos de oposición, acceso, rectificación y cancelación. Gerencia de la Universidad de Granada.

  17. Nombre y descripción del fichero. Datos contables históricos. Incluye datos personales y bancarios de proveedores de la Universidad de Granada.

  18. Encargado del tratamiento.

  19. Campos del fichero: Datos contables, CIF proveedores, titular cuentas, dirección, cuenta corriente, formas de pago, señalamientos.

  20. Finalidad y usos previstos. Finalidad: Contabilidad pública.

    Usos: Consulta de datos históricos.

  21. Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos. Proveedores de la Universidad.

  22. Procedencia y procedimiento de recogida de datos.

    Procedencia de los datos: Interesado o representante legal.

    Procedimiento de recogida: Formularios o cupones.

    Soporte utilizado: Informático.

  23. Cesiones. No hay previstas.

  24. Transferencia Internacional de Datos. No.

  25. Medidas de Seguridad: Nivel básico.

  26. Sistema de Tratamiento. Automatizado. Los datos están ubicados en bases de datos centralizadas en servidores centrales. Los datos pueden ser gestionados desde las dependencias de la universidad usando aplicaciones vía la red universitaria (intranet).

  27. Nombre del Fichero. Elecciones UGR.

  28. Responsable del fichero. Universidad de Granada. Secretaría General.

  29. Servicio o Unidad ante la cual pueden ejercitarse los derechos de oposición, acceso, rectificación y cancelación. Secretaría General de la Universidad de Granada.

  30. Nombre y descripción del fichero. Elecciones UGR.

    Fichero con información electoral de ámbito Universitario. Almacenamiento de datos referidos a las candidaturas presentadas en las elecciones generales y sus resultados.

  31. Encargado del tratamiento.

  32. Campos del fichero: DNI, nombre y apellidos, dirección, teléfono, circunscripción, sector, siglas por las que se presenta, votos obtenidos, composición del claustro.

  33. Finalidad y usos previstos. Finalidad: Gestión de las candidaturas, recogida de las actas de las mesas y publicación de los datos en Internet. Elaboración de listas provisionales y definitivas de candidatos electos.

    Usos: Dar la máxima difusión a los resultados de la elección.

  34. Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos. Alumnos, personal de administración y servicios y personal docente.

  35. Procedencia y procedimiento de recogida de datos.

    Procedencia de los datos: Interesado o representante legal.

    Procedimiento de recogida: Formularios o cupones.

    Soporte utilizado: Informático.

  36. Cesiones. No hay previstas.

  37. Transferencia Internacional de Datos. No.

  38. Medidas de Seguridad: Nivel básico.

  39. Sistema de Tratamiento. Automatizado. Los datos están ubicados en bases de datos centralizadas en servidores centrales. Los datos son gestionados desde las dependencias de la universidad usando aplicaciones vía la red universitaria (intranet).

  40. Nombre del Fichero. Personal-Pagos.

  41. Responsable del fichero. Universidad de Granada. Gerencia.

  42. Servicio o Unidad ante la cual pueden ejercitarse los derechos de oposición, acceso, rectificación y cancelación. Gerencia de la Universidad de Granada.

  43. Nombre y descripción del fichero. Fichero automatizado del personal de la UGR.

    Almacenamiento de datos personales y administrativos del personal de esta Universidad para la gestión interna de certificados, nóminas, antigüedad, concesión de ayudas, declaración de irpf, participación en concursos, etc. No sólo se almacenan los datos actuales sino que se guarda un histórico de los mismos.

  44. Encargado del tratamiento. Entidades privadas. Banca. Banco de Santander.

  45. Campos del fichero: Datos identificativos, datos familiares, percepciones y reducciones dinerarias, domicilio, minusvalías propias o de familiares, datos laborales.

  46. Finalidad y usos previstos. Finalidad: Almacenamiento de datos personales, académicos y administrativos del personal de esta Universidad para la gestión de su expediente laboral, confección de nóminas, emisión de certificados, concesión de ayudas, etc.

    Usos: Gestión académica y administrativa. Obtención de estadísticas internas. Seguridad y control. Confección de nóminas. Otras vinculaciones, para identificar a los trabajadores, con servicios de la comunidad universitaria. Concesión de ayudas.

  47. Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos. Personal de la Universidad de Granada y familiares.

  48. Procedencia y procedimiento de recogida de datos.

    Procedencia de los datos: Interesado o representante legal.

    Procedimiento de recogida: Formularios o cupones; transmisión vía internet.

    Soporte utilizado: Informático.

  49. Cesiones. Muface, Banca y Ministerio de Economía y Hacienda. Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía y otras previstas en la legislación vigente para los ficheros de Administraciones Públicas.

  50. Transferencia Internacional de Datos. No.

  51. Medidas de Seguridad: Nivel medio.

  52. Sistema de Tratamiento. Automatizado. Los datos están ubicados en bases de datos centralizadas en...

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