Decreto 127/2014, de 2 de septiembre, por el que se modifica la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a varias Consejerías en materia de Prevención de Riesgos Laborales.

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorConsejería de Hacienda y Administración Pública
Rango de LeyDecreto

El Decreto 304/2011, de 11 de octubre, por el que se regula la estructura organizativa de prevención de riesgos laborales para el personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía, plantea el Plan de Prevención de Riesgos Laborales como principal objeto y expresión de la política de Prevención de Riesgos Laborales de la Administración de la Junta de Andalucía.

La gestión de la aplicación y desarrollo del Plan de Prevención de Riesgos Laborales, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 del Decreto 304/2011, de 11 de octubre, se llevará a cabo por las Unidades Administrativas con competencia en materia de personal y administración general, para lo cual las Consejerías, las agencias administrativas y agencias de régimen especial, así como las Delegaciones del Gobierno y Delegaciones Territoriales, deberán contar con una organización preventiva propia, con la adecuada dotación de medios personales y materiales, que, de acuerdo con su estructura sectorial y territorial, realizarán las funciones apropiadas de carácter técnico y gestión preventiva especializada.

Mediante la presente modificación de la relación de puestos de trabajo se diseña una estructura preventiva homogénea en las Consejerías, agencias administrativas y de régimen especial, las Delegaciones del Gobierno y Delegaciones Territoriales, formada por puestos de trabajo de Asesoría Técnica de Prevención Riesgos Laborales, y de Coordinación de Prevención Riesgos Laborales, dependientes de los órganos con competencia en materia de personal y administración general.

Estos puestos de trabajo de prevención de riesgos laborales desarrollarán sus funciones en las Consejerías y en las agencias administrativas o de régimen especial en las que se encuadran, así como en las agencias y centros que dependan de ellas, excepto cuando dichas agencias dispongan de una estructura preventiva propia.

En las Delegaciones del Gobierno y en las Delegaciones Territoriales de la Junta de Andalucía en las que se integren servicios periféricos de...

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