Resolución de 7 de julio de 2014, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia de 13 de mayo de 2013, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Séptima, del Tribunal Supremo, recaída en el recurso de casación 1164/2012.

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorConsejería de Hacienda y Administración Pública
Rango de LeyResolución

ANTECEDENTES

Primero. Mediante Orden de 15 de noviembre de 2004, de la Consejería de Justicia y Administración Pública (BOJA núm. 237, de 3 de diciembre), se convocaron pruebas selectivas, por el sistema de acceso libre, para ingreso en diversas opciones del Cuerpo Superior Facultativo, entre ellas la de Psicología, correspondientes a la Oferta de Empleo Público de 2003, publicándose la relación definitiva de aprobados y oferta de vacantes a los aspirantes seleccionados mediante Resolución de 25 de julio de 2006, de la Secretaría General para la Administración Pública (BOJA núm. 165, de 25 de agosto), y nombrándoles funcionarios de carrera por Orden de 16 de octubre de 2006, de la entonces Consejería de Justicia y Administración Pública (BOJA núm. 215, de 7 de noviembre). Doña Carmen Torres Oteros participó en las referidas pruebas selectivas sin figurar en la relación definitiva de aprobados.

Segundo. Contra la Orden de la Consejería de Justicia y Administración Pública de la Junta de Andalucía, de 16 de octubre, publicada en el BOJA de 7 de noviembre de 2006, por la que se procede al nombramiento de funcionarios de carrera del Cuerpo Superior Facultativo, opción Psicología, fue interpuesto recurso contencioso-administrativo, seguido por los cauces del procedimiento núm. 24/07, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, sede de Granada, dictando la Sentencia núm. 3814/2011, de 27 de diciembre, que declara la inadmisibilidad del citado recurso contencioso-administrativo. Contra la referida Sentencia se interpuso el recurso de casación núm. 1164/2012, ante la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Supremo, cuyo fallo es del siguiente tenor literal:

1.º Que ha lugar el recurso de casación núm. 1164/2012, interpuesto por doña Carmen Torres Oteros contra la sentencia núm. 3814, dictada el 27 de diciembre de 2011, por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, que anulamos.

2.º Que estimamos en parte el recurso contencioso-administrativo núm. 24/2007, anulamos la actuación impugnada en lo que se refiere a la recurrente y retrotraemos el procedimiento a los efectos de que en la fase de concurso se le compute su experiencia profesional como psicóloga conforme al apartado 3.1.a) de la base tercera de la Orden de 15 de noviembre de 2004 durante el tiempo al que se refieren los contratos por ella...

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