DECRETO 332/1996, de 9 de julio, por el que se crea el Fondo Andaluz de Garantía Agraria y se le designa como Organismo Pagador de los gastos correspondientes a la política agrícola común en Andalucía.

Sección4. Administración de Justicia
EmisorCONSEJERIA DE LA PRESIDENCIA
Rango de LeyDecreto

DECRETO 332/1996, de 9 de julio, por el que se crea el Fondo Andaluz de Garantía Agraria y se le designa como Organismo Pagador de los gastos correspondientes a la política agrícola común en Andalucía.

La Consejería de Agricultura y Pesca viene desarrollando una importante labor de gestión, de gran trascendencia social y un considerable volumen, de ayudas dirigidas al sector agrario con cargo a la sección de Garantía del Fondo Europeo de Orientación y Garantía Agrícola (FEOGA), así como de las ayudas para la mejora de las explotaciones agrarias y las de acompañamiento a la Política Agrícola Común. Todo ello requirió el diseño de una estructura administrativa adecuada, que tuvo su primer reflejo en la creación de la Dirección General de Información y Gestión de Ayudas, mediante el Decreto 220/1994, de 6 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura y Pesca y del Instituto Andaluz de Reforma Agraria.

El Real Decreto 1401/1995, de 4 de agosto, amplía los medios adscritos a los servicios traspasados a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de agricultura, con los destinados a la gestión directa de ayudas que provengan de fondos comunitarios. Con posterioridad, el Real Decreto 511/1996, de 15 de marzo, aprobó el Acuerdo sobre el traspaso de los medios adscritos a la gestión de las actuaciones de intervención y regulación de mercados, que han sido asignados a la Consejería de Agricultura y Pesca mediante el Decreto 205/1996, de 14 de mayo.

El Reglamento (CEE) 729/70, del Consejo, de 21 de abril de 1970, sobre financiación de la Política Agrícola Común, modificado por el Reglamento (CE) 1287/95, del

  1. Bajo la dependencia directa del Director General de Información y Gestión de Ayudas, se establece el Servicio de Control Interno, cuyo objetivo es asegurar el efectivo funcionamiento del sistema de control interno del FAGA,

    729/70 del Consejo en lo que concierne al procedimiento de liquidación de cuentas de la sección de Garantía del FEOGA, de acuerdo con lo previsto en el presente Decreto.

  2. En particular, el FAGA ejerce las funciones de autorización, ejecución y contabilidad de los pagos relacionados con los gastos de la sección de Garantía del FEOGA.

Artículo 3 Organización.

El FAGA se ordena con arreglo a la siguiente organización básica:

  1. Las funciones de dirección del FAGA se ejercen por el Director General de Información y Gestión de Ayudas.

  2. Las funciones del FAGA se ejercen a través de los siguientes ámbitos de actuación:

    Ambito de Gestión y Control Integrado de Ayudas, con la función de verificar los hechos en base a los cuales se autorizan los pagos a los solicitantes, así como las demás comprobaciones de carácter técnico, en relación con las ayudas directas, destinadas al sostenimiento de las rentas agrarias y las ayudas socioestructurales.

    Ambito de Intervención y Regulación de Mercados, con las mismas funciones que el ámbito anterior, en lo que se refiere a ayudas indirectas, para actuaciones en mercados agrícolas y en mercados de productos ganaderos.

    Ambito Económico Financiero, con las funciones de ejecución y contabilidad de los pagos, con la diferenciación administrativa necesaria para mantener la separación entre ambas funciones.

  3. La contabilidad de los gastos de la sección de Garantía del FEOGA se instrumenta a través del Sistema de Gestión Contable, Presupuestaria y Económica de la Administración de la Junta de Andalucía y tendrá el carácter de auxiliar respecto a la contabilidad pública de la Administración de la Junta de Andalucía regulada en el Título VI de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

  4. A los efectos previstos en el apartado 3 del Anexo del Reglamento (CE) 1663/95 de la Comisión, de 7 de julio de 1995, configuran el Servicio Técnico...

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