ORDEN de 8 de abril de 1992, por la que se garantiza el funcionamiento del Servicio Público que presta el personal Facultativo Sanitario dependiente del Sistema Sanitario de las distintas Administraciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, mediante el establecimiento de Servicios Mínimos. 

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES
Rango de LeyOrden

Por la Federación Andaluza de Sindicatos y Asociaciones Médicas (FASAM) ha sido convocada huelga desde las 00,00 del día 20 de abril de 1992, con carácter de indefinida, y que, en su caso, podrá afectar al personal facultativo sanitario dependiente del sistema sanitario de las distintas Administraciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Si bien la Constitución en su artículo 28.2 reconoce a los trabajadores el derecho de huelga para la defensa de sus intereses, también contempla la regulación legal del establecimiento de garantías precisas para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad, y el artículo 10 del Real Decreto 17/1977, de 4 de marzo, de Relaciones de Trabajo, faculta a la Administración para, en los supuestos de huelgas de empresa encargadas de servicios públicos o de reconocida e inaplazable necesidad, acordar las medidas necesarias a fin de asegurar el funcionamiento de los...

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