DECRETO 136/1983, de 6 de Julio, sobre funcionamiento y actuación de la Inspección General de Servicios de la Junta de Andalucía. 

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE LA PRESIDENCIA
Rango de LeyDecreto

El Decreto 87/1983 de 13 de Abril, que modifica la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia establecida en el Decreto 123/82 de 12 de Octubre, configura en el artículo 10º, la existencia de una inpección General de Servicios, para el mejor conocimiento, vigilancia y fiscalización de todos los Servicios de la Administración Autonómica, así como el primordial deber de asesoramiento a los Organos de la misma.

La creciente actividad y el desarrollo consecuente de los diversos Organos, Departamentos y Dependencias, aconseja establecer las reglas y normas fundamentales, a las que deberá acomodar su funcionamiento y actuación la Inspección General de Servicios de la Junta de Andalucía.

En su virtud, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 6 de Julio de 1983

D I S P O N G O

Artículo 1º

Bajo la superior dirección de la Consejera y la dependencia inmediata del Viceconsejero, la Inspección General de Servicios de la Administración Autonómica de la Junta de Andalucía, ejercerá, con carácter general, las competencias en materia de Inspección de Servicios, a que se refiere el artículo 10º del Decreto 87/83 de 13 de Abril, sobre Estructura Orgánica de la Consejería de la Presidencia.

Artículo 2º Corresponderá a la Inspección General de Servicios, el ejercicio de las siguientes funciones específicas en los Servicios de la Administración Autonómica de Andalucía:
  1. Vigilar el adecuado y eficaz funcionamiento de todos los Servicios de la Administración Autonómica, y proponer, en...

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