DECRETO 145/1990, de 15 de mayo, por el que se declara de interés social a efectos de expropiación forzosa el uso de los Jardines del Patal, situados dentro del recinto monumental de la Alhambra y Generalife en Granada, de un modo que sea compatible con sus valores y que evite su deterioro. 

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE CULTURA
Rango de LeyDecreto

Por Orden de la Regencia del Reino de 10 de febrero de 1870, se dispuso la cesión y entrega al Estado de "El Alcázar de la Alhambra con sus jardines y dependencias accesorias" como Monumento Nacional, Histórico y Artístico.

La citada Orden fue confirmada por Real Orden de 21 de junio de 1872. En estas primeras prescripciones se ponía ya de manifiesto la trascendencia del Monumento y se disponía su salvaguarda. Por Decreto de 27 de julio de 1943 se otorgó la condición de Jardín Histórico al formado por el Conjunto de la Alhambra y Generalife. Y más recientemente, en la Convención de la UNESCO celebrada en Buenos Aires entre el 29 de octubre y el 2 de noviembre de 1984, el Comité del Patrimonio Mundial procedió a inscribir oficialmente en la Lista de dicho Patrimonio a la Alhambra y Generalife de Granada, lo que significa sobre el compromiso internacional que España adquiere de conservar y proteger este Conjunto Monumental y su entorno de modo especialmente cuidadoso, cuestión que recae tanto en la Administración del Estado como en la Administración de la Junta de Andalucía, en virtud del citado compromiso internacional.

La Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español en su art. 15.2 define al Jardín Histórico como: "el espacio delimitado producto de la ordenación por el hombre de elementos naturales, a veces complementado con estructuras de fábrica, y estimado de interés en función de su origen o pasado histórico o de sus valores estéticos, sensoriales o botánicos".

Las funciones que el Estado desempeña sobre el Conjunto Monumental fueron transferidas a la Comunidad Autónoma de la Junta de Andalucía por Real Decreto 864/1984, de 29 de febrero y asignadas a la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía por Decreto del Consejo de Gobierno 180

1984 de

19 de junio, que la faculta como órgano competente para la ejecución de la Ley 16/1985, de 25 de julio, del Patrimonio Histórico Español, y para promover la declaración de interés social en beneficio de los Bienes de Interés Cultural.

Uno de los recintos más singulares del Conjunto...

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