Decreto 34/2009, de 17 de febrero, por el que se acuerda la formulación del Plan de Ordenación del Territorio del Sur de la provincia de Córdoba.

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorConsejería de Vivienda y Ordenación del Territorio
Rango de LeyDecreto

El Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía, aprobado mediante Decreto 129/2006, de 27 de junio, y adaptado mediante Decreto 206/2006, de 28 de noviembre, a las Resoluciones aprobadas por el Parlamento de Andalucía en sesión celebrada los días 25 y 26 de octubre de 2006, establece criterios y contenidos para los Planes de Ordenación del Territorio de ámbito subregional, en función de su posición en el Modelo Territorial de Andalucía, diferenciando estrategias generales y específicas para los Centros Regionales, Redes de Ciudades Medias y Áreas Rurales.

Para cada una de estas unidades territoriales, el Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía establece determinaciones que concretan y amplían los contenidos que para los Planes de Ordenación del Territorio de ámbito subregional se establecen en la Ley 1/1994, de 11 de enero, de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía. En general, el Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía impone a los Planes de Ordenación del Territorio de ámbito subregional el desarrollo de medidas para consolidar el Modelo Territorial, incorporando acciones estratégicas que refuercen la complementariedad y cooperación entre los núcleos de población en materia de infraestructuras, equipamientos, servicios, vivienda, suelo y en los sectores productivos de mayor potencial. Además de integrar otras iniciativas de planificación, el citado Plan determina como objeto específico de los Planes de ámbito subregional la coordinación de los planeamientos urbanísticos municipales.

Los municipios comprendidos en el ámbito sur de la provincia de Córdoba forman parte de la Red de Ciudades Medias Interiores andaluzas, y presentan una base económica, apoyada en la agricultura y en sistemas productivos dinámicos y diversificados, que se ve fortalecida por su posición central en la región. Sus conexiones directas con buena parte de los Centros Regionales y su gran dinamismo productivo hacen de este territorio un espacio bisagra sobre el que desarrollar los objetivos de dinamización del interior de la Comunidad Autónoma de Andalucía dentro de la política de desarrollo regional. El Plan de Ordenación del Territorio de ámbito Subregional establecerá criterios para posibilitar el desarrollo territorial y la compatibilización y ordenación de usos, señalando las zonas estratégicas para la implantación de las distintas actividades y aquellas otras zonas que, por sus valores ambientales o territoriales, deben quedar excluidas de los procesos de urbanización. Así pues, la consolidación de esta Red de Ciudades Medias implica la previsión de espacios económicos y de sistemas generales acordes a esta nueva escala territorial y conlleva la aparición de nuevas demandas de zonas productivas, espacios libres y vivienda, especialmente de vivienda protegida, a los que deberá dar respuesta el Plan de Ordenación del Territorio de ámbito Subregional.

Por todo ello, previa audiencia a las Corporaciones Locales afectadas, procede la formulación del Plan de Ordenación del Territorio del sur de la provincia de Córdoba, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 1/1994, de 11 de enero, de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, e incorporando en el procedimiento lo establecido en la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, para la evaluación ambiental de Planes y Programas.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Vivienda y Ordenación del Territorio, conforme disponen el artículo 13.1 de la Ley 1/1994, de 11 de enero, y el artículo 4.2.b del Decreto 525/2008, de 16 de diciembre, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo, en relación con el Decreto 239/2008, de 13 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio, y con el artículo 21.3 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión de 17 de diciembre de 2009,

DISPONGO

Artículo 1 Formulación.

Se acuerda la formulación del Plan de Ordenación del Territorio del sur de la provincia de Córdoba, cuya elaboración se realizará en la forma prevista en el Capítulo II del Título I de la Ley 1/1994, de 11 de enero, de Ordenación del Territorio de la...

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