ACUERDO de 26 de enero de 1993, del Consejo de Gobierno, sobre el establecimiento del control financiero permanente sobre determinados gastos, organismos y servicios de la Junta de Andalucía. 

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorCONSEJERIA DE ECONOMIA Y HACIENDA
Rango de LeyAcuerdo

El apartado Uno de la Disposición Adicional Séptima de la Ley 4/1992, de 30 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1993, prevé la posibilidad de someter a control posterior aquellos gastos a los que la legalidad vigente permita aplicar dicha técnica de control.

De otro lado, el apartado 3 del artículo 85 de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía define el control financiero permanente, como una técnica de control regular posterior a la que se someterán determinados órganos o servicios en los que, mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno, se considere adecuada dicha fórmula de control.

Con base en dicha habilitación legal, la Consejería de Economía y Hacienda propone, en el marco del programa de modernización del control interno elaborado por la Intervención General de la Junta de Andalucía, el desarrollo de una experiencia piloto de establecimiento de controles a posteriori sobre determinados gastos, organismos y servicios en los que se considera adecuada la utilización de dichas técnicas, como instrumentos de una gestión más ágil y eficaz.

Por otro lado, los nuevos métodos de control pretenden, además de mantener la visión tradicional del control de las Administraciones Públicas, centrada casi con exclusividad en los aspectos de cumplimiento de la legalidad económico-presupuestaria, una evaluación de la gestión pública desde otros ángulos, como son la eficacia y la eficiencia en la prestación de los servicios públicos.

En su virtud, a propuesta del Consejero de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR