Decreto 289/2009, de 30 de junio, por el que se modifica el Decreto 54/2005, de 22 de febrero, por el que se crea la figura de Comisario para la recuperación de la Memoria Histórica.
Sección | 1. Disposiciones Generales |
Emisor | CONSEJERIA DE JUSTICIA Y ADMINISTRACION PUBLICA |
Rango de Ley | Decreto |
El Decreto 54/2005, de 22 de febrero, creó la figura de Comisario para la recuperación de la Memoria Histórica y se adscribió a la Consejería de la Presidencia. El artículo 7 del Decreto del Presidente 10/2008, de 19 de abril, de las Vicepresidencias y sobre reestructuración de Consejerías, atribuyó a la Consejería de Justicia y Administración Pública las competencias que hasta entonces había tenido atribuidas la Consejería de la Presidencia, respecto a recuperación de la Memoria Histórica, mediante el Decreto 521/2004, de 9 de noviembre y el Decreto 54/2005, de 22 de febrero, ya mencionado.
Las competencias citadas en el párrafo anterior se mantienen en la Consejería de Justicia y Administración Pública, de conformidad con el artículo 7 del Decreto del Presidente 3/2009, de 23 de abril, sobre reestructuración de Consejerías, y se encuentran atribuidas a la Viceconsejería en virtud de lo establecido en el artículo 4.3 del Decreto 167/2009, de 19 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de aquella.
En consecuencia, procede realizar determinadas modificaciones en el Decreto 54/2005, de 22 de febrero, en cuanto a la adscripción de la figura del Comisario para la recuperación de la Memoria Histórica que se realiza a la Consejería de Justicia y Administración Pública y al carácter honorífico del órgano.
En su virtud, de acuerdo con lo establecido en los artículos 27.9 y 21.3 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta de la Consejera de Justicia y Administración Pública, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 30 de junio de 2009,
DISPONGO
Se modifican el apartado 2 del artículo 1 y el artículo 2 del Decreto 54/2005, de 22 de febrero, por el que se crea la figura de Comisario para la recuperación de la Memoria Histórica, que quedan redactados como sigue:
Uno. Apartado 2 del artículo 1:
2. El Comisariado es un órgano que está adscrito a la Consejería de Justicia y Administración Pública y que se encuentra bajo la dependencia de la Viceconsejería. El titular del referido órgano es el Comisario.
Dos. Artículo 2. Nombramiento y cese.
1. El Comisario para la recuperación de la Memoria Histórica será nombrado y cesado por la persona titular de la...
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