DECRETO 97/1995, de 11 de abril, por el que se establecen ayudas para favorecer el ahorro de agua mediante la modernización y mejora de los regadíos de Andalucía. 

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE AGRICULTURA Y PESCA
Rango de LeyDecreto

Andalucía, por sus características climatológicas y geográficas, además de ser una región con escasos recursos hídricos se ve sometida, con relativa frecuencia, a períodos de intensa sequía que han obligado a realizar obras importantes de captación, regulación y aprovechamiento del agua.

El actual período de sequía, que se prolonga desde 1990, no sólo está afectando a los cultivos herbáceos tradicionales de riego como, entre otros, el arroz, el algodón, el maíz, la remolacha y las hortícolas, sino que también está poniendo en grave peligro la supervivencia de las plantaciones permanentes de frutales, con la correspondiente repercusión negativa en la renta de los agricultores.

Esta situación obliga a todas las Administraciones públicas a adoptar drásticas medidas de ahorro de agua, unas de tipo directo, y otras fomentando el ahorro por los usuarios. En esta línea de fomentar el ahorro de agua en los regadíos andaluces, que consumen cerca del 80% de nuestros recursos hídricos, se inscribe el presente Decreto.

La opción de aumentar los recursos disponibles mediante la reducción de las pérdidas en la distribución no sólo es un objetivo más fácilmente alcanzable que el de incrementar la capacidad de almacenamiento o y regulación, con la construcción de nuevos embalses, sino que hay que considerarlo como prioritario ya que, al ser el agua un recurso natural limitado y no ampliable por la mera voluntad del hombre, es de vital importancia la correcta administración de la que se dispone.

Así ha sido reconocido en el Acuerdo Andaluz por el Agua, suscrito por las instituciones y agentes sociales interesados en él ciclo del agua que, entre las diversas actuaciones para propiciar el uso mas eficiente del riego, recomienda la adopción de medidas de ahorro de este recurso escaso.

Dentro del proceso de riego, entendido desde la captación del agua hasta su aplicación a las plantas, es en los sistemas de transporte y distribución donde se producen mayores pérdidas, siendo por tanto los elementos donde prioritariamente se debe intervenir. Por otra parte, es en los sistemas de distribución a las parcelas y en los de aplicación del agua a las plantas donde es posible, también, obtener un ahorro importante recurriendo al ajuste de las dotaciones a las necesidades reales de los cultivos.

Incidiendo sobre todos esos aspectos, mediante la sustitución de las conducciones a cielo abierto por tuberías, la mejora de aquéllas y de éstas si ya están instaladas, la modernización de los sistemas de aplicación del agua, y la implantación de otros más eficientes - como son los sistemas de aspersión, difusión, o goteo -, se puede obtener un importante ahorro de agua que beneficiaria, en primer lugar, al propio sector productivo, ya que en épocas de sequía estaría mejor garantizado el riego, y en segundo lugar, haría posible mejorar los abastecimientos de otros sectores que la propia dinámica social demanda.

Es importante también resaltar que los cambios que se están produciendo en el sector agrario, motivados en gran parte por la reforma de la Política Agrícola Común, obligan a los agricultores a adaptar y modernizar sus estructuras agrarias para hacer frente a los problemas que se están planteando. Con este objetivo, el presente Decreto complementa la mejora de la eficacia en el uso del agua para riego con otras actuaciones colectivas conducentes a conseguir los fines de diversificación de la política comunitaria en este ámbito.

Por otra parte, el convencimiento de que la finalidad esencial de las medidas auxiliadas por el presente Decreto es el ahorro de agua, lleva a la consideración de que es necesario actuar, no sólo sobre las redes de transporte y distribución de carácter...

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