DECRETO 252/1999, de 27 de diciembre, de modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la Administración de la Junta de Andalucía por el que se crean puestos a extinguir de adscripción laboral a efectos de resolución del concurso de traslados del personal laboral.

Sección3. Otras Disposiciones
Rango de LeyDecreto

DECRETO 252/1999, de 27 de diciembre, de modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la Administración de la Junta de Andalucía por el que se crean puestos a extinguir de adscripción laboral a efectos de resolución del concurso de traslados del personal laboral.

PREAMBULO

Como consecuencia de la resolución del concurso de traslado de personal laboral, y siguiendo las bases de la convocatoria aprobada por la Orden de 4 de marzo de 1999, en lo relativo a la adjudicación de oficio de puestos de trabajo, se ha observado la necesidad de ampliación de la relación de puestos de trabajo, por la inexistencia de puestos vigentes de adscripción laboral de las categorías de titulado superior, titulado grado medio y auxiliar administrativo, con independencia de la asignación transitoria y provisional de puestos de régimen funcionarial en los mismos Centros de destino.

El presente Decreto responde a esa necesidad y establece la creación de los puestos adecuados en las Consejerías u Organismos Autónomos y en los Centros de destino que resultan afectados. Por otra parte, debido a la naturaleza de las categorías indicadas, los puestos creados se configuran como plazas a extinguir.

Según lo previsto en el artículo 32, letra d), de la Ley 9/1987, de 12 de junio, de órganos de representación y determinación de las condiciones de trabajo y participación del

personal al servicio de las Administraciones Públicas, en la redacción dada por la Ley 7/1990, de 19 de julio, sobre negociación colectiva y participación en la determinación de las condiciones de trabajo de los empleados públicos, se han efectuado los trámites oportunos ante los representantes de las organizaciones sindicales presentes en la Comisión del V Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la Junta de Andalucía.

En su virtud, conforme a lo previsto en el artículo 4.2.g) de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública Andaluza, y en el artículo 10 del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, de elaboración y aplicación de la relación de puestos de trabajo, a propuesta de la Consejería de Gobernación y Justicia, con informe de la Consejería de Economía y Hacienda, y previa deliberación del Consejo de...

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