RESOLUCION de 12 de febrero de 1992, de la Secretaría General de Estructuras y Tecnología, por la que se convoca a entidades y organizaciones agrarias y agroalimentarias para la presentación de proyectos mixtos de colaboración con la Consejería, en el Programa de Desarrollo Transferencia de Tecnología. 

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorCONSEJERIA DE AGRICULTURA Y PESCA
Rango de LeyResolución

La Orden de 27 de enero de 1992 por la que se convoca a las organizaciones participantes en el Acuerdo para la Concertación en el sector agroalimentaria andaluz, refiere en su disposición final que las actividades correspondientes o investigación y desarrollo se atenderán a las normas que en la Resolución de la Secretaría General de Estructura y Tecnología se dictarán al efecto.

Por ello y con el fin de intensificar los procesos de desarrollo y transferencia de tecnología hacia el sector agrario y agroalimentario, vinculando a tales procesos al sector privado en actuaciones conjuntas con la Dirección General de Investigación, Tecnología y Formación Agroalimentaria y Pesquera.

RESUELVO

Las Entidades y Organizaciones Agrarias y Agroalimentarias podrán presentar proyectos mixtos de actuación en el plazo de dos meses a partir de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

  1. Los proyectos mixtos se adaptarán preferentemente a la tipología referida en el anexo de la presente Resolución y contemplarán algunas de las actuaciones de desarrollo y transferencia de tecnología siguientes:

    1. Aplicación y adaptación de resultados de investigación a los sectores agroalimentarios.

    2. Redes experimentales de contrastación de resultados de la investigación a nivel comarcal.

    3. Actuaciones de difusión de tecnologías agroalimentarias.

  2. El contenido de los proyectos a presentar incluirán para cada uno de ellos, como mínimo, los siguientes puntos:

    1. Objetivos.

    2. Justificación.

    3. Metodología a aplicar.

    4. Acciones a llevar a cabo por los solicitantes y por la Consejería, con expresión de los recursos materiales y humanos destinados a tal fin, así como del coordinador responsable de cada proyecto.

    5. Calendario de trabajo.

    6. Presupuesto y financiación (con expresión de la aportación del solicitante al proyecto y de la ayuda que solicita).

  3. Podrán ser beneficiarios de las ayudas descritas en esta Resolución las Entidades y Organizaciones Agrarias y Agroalimentarias.

  4. Se acompañará a cada petición una declaración jurada o responsable suscrita por el solicitante de estar al corriente de los pagos fiscales y de Seguridad Social, una certificación del título de constitución y del depósito de sus Estatutos.

  5. Las solicitudes se presentarán en el Registro General de la Consejería de Agricultura y Pesca (c/ Juan de Lara Nieto s/n. Complejo Tabladilla, 41071 Sevilla).

  6. Las ayudas a cada proyecto podrán llegar hasta el 50% del coste...

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