Decreto 43/1982, de 4 de agosto, sobre estructura orgánica de la Consejería de Trabajo y Seguridad Social. 

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorPRESIDENCIA
Rango de LeyDecreto

Determinada la composición y distribución de Consejerías, por Decreto

34/1982, de 27 de julio, y en tanto se cumplen las previsiones establecidas en el artículo 36 del Estatuto de Autonomía, resulta necesario definir la estructura de la Consejería de Trabajo y Seguridad Social.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Trabajo y Seguridad Social, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 4 de agosto de 1982,

D I S P O N G O :

Artículo primero La Consejería de Trabajo y Seguridad Social, bajo la superior dirección de su titular, se estructura en los siguientes Organos Directivos:

- Viceconsejería.

- Secretaría General Técnica.

- Dirección General de Trabajo y Cooperación.

- Dirección General de Seguridad Social.

- Dirección General de Servicios Sociales.

Artículo segundo El Consejero estará directamente asistido por una Secretaría, al frente de la cual podrá designarse un titular, con categoría de Jefe de Servicio.
Artículo tercero Las unidades dependientes de la Dirección General de Acción Social y Asistencial de la extinguida Consejería de Sanidad y Seguridad Social, pasarán a depender de la Dirección General...

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