ORDEN de 15 de febrero de 1990, por la que se establece el Programa de Seguimiento y Vigilancia Epizootiológica de la Peste Equina Africana. 

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE AGRICULTURA Y PESCA
Rango de LeyOrden

Como consecuencia de las medidas adoptadas para el control de la Peste Equina, concluida la vacunación de la cabaña y ante la favorable evolución de la misma, se hace necesario adoptar una serie de medidas, tendentes de una parte, a mantener una situación de control sobre la población de équidos, asegurar la total erradicación del proceso y dar cumplimiento a la normativa de carácter estatal en el ámbito de la Comunidad Autónoma.

Artículo 1º De acuerdo con la normativa básica estatal se incluye dentro de las enfermedades de declaración oficial y obligatoria en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma la peste equina africana.
Artículo 2º Se establece un programa de seguimiento y vigilancia epizootiológica, con duración de un período de dos años, a partir de la entrada en vigor de la presente disposición, que contempla las siguientes acciones:
  1. Identificación de...

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