DECRETO 124/2001, de 29 de mayo, por el que se crea el Comité Científico Asesor en materia de encefalopatías espongiformes transmisibles.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE AGRICULTURA Y PESCA
Rango de LeyDecreto

DECRETO 124/2001, de 29 de mayo, por el que se crea el Comité Científico Asesor en materia de encefalopatías espongiformes transmisibles.

Ante la aparición de las encefalopatías espongiformes transmisibles de los animales y para hacer frente a los múltiples aspectos que concurren en la lucha contra las mismas, por el Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía se dispuso la elaboración y gestión del Plan Andaluz Coordinado contra la Encefalopatía Espongiforme Bovina (EEB) que aglutina las actuaciones de las distintas Consejerías de la Administración de la Junta de Andalucía, concretamente las de Gobernación, Agricultura y Pesca, Salud y Medio Ambiente.

La dificultad de muchos de los aspectos que deben contemplarse en la actuación contra dicha enfermedad hace aconsejable contar con un sólido apoyo científico. Por todo ello, en base a lo previsto en el artículo 37.4 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 del Estatuto de Autonomía, corresponde a la Comunidad Autónoma Andaluza la competencia exclusiva en materia de organización y estructura de sus instituciones de autogobierno (apartado 1) y de sanidad e higiene (apartado 21), sin perjuicio de lo que establece el artículo 149.1.16 de la Constitución, así como la competencia exclusiva, de acuerdo con las bases y la ordenación de la actuación económica general, en materia de agricultura y ganadería (artículo 18.1.4), se considera conveniente crear un Comité Científico Asesor, que esté formado por reconocidos expertos en las diferentes áreas que concurren en este problema y, en particular, en el control de la encefalopatía espongiforme bovina y los sistemas de producción animal.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Agricultura y Pesca, al amparo de lo previsto en el apartado 2 del artículo 39 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 29 de mayo de 2001,

DISPONGO

Artículo 1 Creación y adscripción.

Se crea el Comité Científico Asesor en materia de encefalopatías espongiformes transmisibles de los animales (en adelante, el...

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